El proyecto de la sobretasa a la gasolina que busca resolver una inexequibilidad que falló la Corte Constitucional en el año 2019, fue aprobado este martes 22 de junio por el Congreso de la República y pasa a sanción presidencial para convertirse en ley.
"No hay cambios de ninguna manera en los primeros tres artículos que son la esencia de este proyecto, se aprobó igual en Cámara como lo hicimos en Senado, solo el artículo 4 que es el de la vigencia por la redacción que se dio en la Cámara es más precisa, la nuestra decía que “a partir del 21 de junio” y el proyecto no estuvo sancionado para la fecha, la de Cámara dice “a partir de su promulgación”. Es el único cambio, lo demás es como salió del Senado", explicó el senador Efraín Cepeda para sellar la conciliación del proyecto.
La iniciativa de autoría de la senadora de la Alianza Verde, Angélica Lozano y de otros legisladores de diferentes partidos políticos se presentó en cumplimiento a lo ordenado por la Corte Constitucional, que instó al Congreso a legislar sobre el impuesto a los combustibles que pueden cobrar los municipios, distritos y departamentos. No es un nuevo impuesto, como se ha difundido en redes sociales y algunos medios de comunicación.
La sentencia de la Corte dejó en claro que la dependencia única el Ministerio de Minas y Energía para la liquidación de esta tasa “no generaba seguridad jurídica”, razón por la cual ordenó al Congreso que legislara al respecto antes del 20 de junio de 2021. Es decir, desde el Congreso se tenía que crear una propuesta para fijar el valor de la sobretasa.
Algunos congresistas le dieron la espalda al proyecto al considerar que en Colombia se paga una gasolina demasiado costosa y esta iniciativa mantiene esos elevados precios.
"No entendemos por qué se tiene que se seguir cobrando y por qué no se puede buscar otro impuesto para que se reduzca el 20% el valor de la gasolina. Recordemos que buena parte del paro empezó porque se quería poner un impuesto adicional a la gasolina en la reforma tributaria", expresó Armando Benedetti.
A su vez, el senador Luis Fernando Velasco dijo: "Colombia es un país productor de petróleo y por cada galón de gasolina pagamos seis impuestos que suman alrededor de 6.200 pesos el galón y págalo un petróleo a 73 dólares el barril como si lo importáramos de Estados Unidos. La sobretasa es un viejo tributo y la Corte había pedido regular el tema, pero debimos aprovechar para congelar esta tarifa y la de lo demás impuestos, porque hay margen para hacerlo en el país".
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El proyecto establece los parámetros para calcular la base gravable de la sobretasa a la gasolina y al Acpm. Es decir, no modifica el valor del impuesto existente, sino que pone el gravamen en línea con el ordenamiento jurídico colombiano. Las tarifas se mantendrán de la misma forma por dos años antes de ajustarse con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el DANE, lo cual traduce a que a partir de 2023 el precio de venta al público se incrementará acorde con la inflación.
La tarifa general de la sobretasa a la gasolina corriente será de $940 por galón en los municipios y distritos, de $330 en el ámbito departamental y de $1.270 por galón en Bogotá. La tarifa de la sobretasa al Acpm será de $301 por galón. Del mismo modo, la sobretasa para consumo de Acpm en municipios zonas de frontera se liquidará con una tarifa de $204 por galón para el producto nacional y $114 por galón para el producto importado.
Según la Comisión de Estudios del Sistema Tributario, le deja un recaudo de $2,7 billones anuales a las ciudades y departamentos y será distribuida 50% para el mantenimiento de la red vial y 50% para la red vial de los departamentos, incluido el Distrito Capital.
La importancia de este tributo para las finanzas de la Nación y de los departamentos y municipios está basada en que financia una parte importante de los sistemas masivos de transporte en Colombia, mientras que un porcentaje de este va destinada a infraestructura vial. De no haberse aprobado esta iniciativa algunos los proyectos de malla vial se habrían quedado sin financiación.