Proyecto busca regular contratos de modelos webcam en Colombia

Jue, 19/08/2021 - 13:56
El Centro Democrático radicó un proyecto de ley mediante el cual se busca la regulación de los contratos de los modelos webcam en Colombia.
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El oficio del modelaje webcam no está prohibido en Colombia, pero tampoco está regulado. Hace unos meses, a través de un fallo sin precedentes, la Corte Constitucional ordenó la legalización del trabajo de los modelos webcam en el país. 

Ante ese panorama, el representante del Centro Democrático, John Jairo Bermúdez Garcés, radicó un proyecto de ley mediante el cual se avanzará la regulación de los contratos de los modelos webcam de cualquier sexo, género u orientación sexual y reglamenta la Federación de Comercio Electrónico para Adultos.

En Colombia el oficio del modelaje webcam no está regulado, lo cual se constituye como un área gris en el marco normativo, pues si bien las personas y empresas dedicadas a esta actividad no están por fuera de la Constitución y la ley, su falta de reglamentación puede constituir escenarios para abusos y violación de derechos.

Colombia es el segundo país del mundo con más modelos webcam después de Rumania, constituyendo este oficio en una actividad económica con gran auge que involucra además gran cantidad de jóvenes hombres y mujeres, con diferentes orientaciones sexuales que derivan su sustento de la misma. Según datos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, esta actividad representa el sustento de más de 200 mil familias, lo que genera cerca de 100 mil empleos directos y aporta $1,5 billones anuales a la economía del país.

 

Vale la pena destacar que en Colombia y en el mundo esta actividad no es ilegal a no ser que participen menores de edad, lo cual exige mayor regulación y al Gobierno medidas de control y vigilancia. La mayoría de las personas que optan por laborar en estudios webcam suelen ser jóvenes hombres y mujeres en edades que oscilan entre los 18 y 24 años de edad.

Para el representante Bermúdez el proyecto de ley se fundamenta en la exhortación que realizó la Corte Constitucional en la Sentencia T-109-21 para determinar el marco jurídico de la relación contractual, la fiscalización y el control en el oficio del modelaje webcam.

Este proyecto no sólo enfatiza la búsqueda de una reglamentación más clara de los contratos en el mundo del modelaje webcam, sino en un sentido social, en la realidad de muchas personas que, sin importar su sexo, género u orientación sexual, estando en estado de vulnerabilidad, ingresan a la industria del comercio electrónico para adultos, aceptando las condiciones que no cumplen mínimos de bienestar para el correcto ejercicio del oficio y que se convierten por tanto en explotación formalizada. 

 

Hasta el momento, el Congreso únicamente ha decidido intervenir en dicha actividad a la hora de ver esta industria como una fuente de recaudo tributario, pues la única norma que hace referencia a esta actividad es la Ley 2010 del 2019, en la que se aprobó imponer la retención en la fuente a todas las personas naturales o jurídicas que presten servicios de entretenimiento para adultos a través del sistema webcam de manera directa o indirecta.

La idea de este impuesto, que fue incluido como proposición del senador Jonatan Tamayo, más conocido como 'Manguito', fue aumentar el recaudo de impuestos, además de "visibilizar fiscal y jurídicamente una industria que ha crecido de manera importante en el territorio nacional, al igual que organizarla por medio de la Federación de Comercio Electrónico para Adultos", tal y como quedó consignado en la proposición hecha por el congresista.

Basándose en las leyes laborales actuales del estatuto del trabajo y las reglas sobre fuero de maternidad, en la Sentencia T-109-21, la Corte decidió resarcir los derechos laborales de una mujer que fue desvinculada sin garantías laborales cuando tenía 8 meses de embarazo, pues el propietario del estudio webcam argumentaba que la relación entre ellos no era laboral sino comercial.

Debe tenerse en cuenta que para el desarrollo de esta labor, una de las partes compra los insumos necesarios como son equipos tecnológicos, medios para contratar plataformas en internet, entre otras cosas, y acuerda con la otra parte la prestación de servicios eróticos vía webcam, en favor de terceros y sin interacción física, debe cumplir un horario laboral de 8 horas diarias, desempeña su labor en un lugar fijo previamente establecido, tiene subordinación y por esto se le paga un salario. 

Escuche y conozca el evento que une a los jóvenes en favor de la biodiversidad:

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