Proponen que delitos de corrupción no prescriban en Colombia

Jue, 19/08/2021 - 17:02
El representante David Racero presentó un proyecto que pretende evitar que los funcionarios investigados por corrupción queden libres por vencimiento de términos.

Al Congreso de la República llegó un proyecto de ley que busca evitar que los delitos de corrupción prescriban, es decir, pretende que los funcionarios investigados por delitos contra la administración pública no queden libres bajo la figura de vencimiento de términos. 

La iniciativa es de autoría del representante David Racero, quien explicó que con este proyecto se le apunta a evitar que las redes de corrupción que azotan al país, dilaten los procesos judiciales para lograr la impunidad por vencimiento de términos.

"Con este proyecto los corruptos no quedarán libres por vencimiento de términos. Tendrán que pagar cárcel. No seguiremos tolerando que sus delitos queden en la impunidad y que los recursos se pierdan", afirmó. 

Es importante mencionar que el vencimiento de términos no significa que la investigación terminó, sino que el sospechoso debe ser puesto en libertad, mientras el proceso continúa y solo tiene lugar si hay una medida de aseguramiento en contra de la persona investigada.

 

Pese a que libertad por vencimiento de términos es una garantía para los derechos de los procesados, muchas veces los tiempos para que un investigado quede libre se terminan por cumplir por la gran congestión del sistema judicial, reflejada en la falta, muchas veces, de suficientes jueces, fiscales o defensores, lo que genera impunidad. 

La propuesta incluye el siguiente apartado al artículo 83 de la Ley 599 de 2000: "Cuanto se trate de delitos contra la administración pública cometidos por servidores públicos, particulares que ejerzan funciones públicas en forma permanente o transitoria y por quienes obren como agentes retenedores o recaudadores, la acción penal será imprescriptible"

En Colombia, año tras año, la corrupción en lugar de decrecer, aumenta. Según el Índice de Percepción de la Corrupción 2020 de Transparencia Internacional, Colombia ocupa la posición 92 entre 180 países evaluados, donde 0 significa corrupción muy elevada y 100, ausencia de corrupción.

Asimismo, en este último informe se indicó que Colombia "no logra una variación significativa en la calificación, que entre 2012 y 2020 ha estado entre los 36 y los 39 puntos". En el mismo informe se indicó que en la región, Colombia solo está por encima de Brasil y Perú en indicadores de corrupción y que "Entre los países que hacen parte de la OCDE, Colombia ocupa el penúltimo puesto entre 37 países, superando únicamente a México".

Sobre estos resultados, el Director de Transparencia por Colombia, Andrés Hernández, manifestó que "Estamos cerca de cumplir una década en ese estancamiento. Avanzar en esta calificación dependerá de cómo el país aborde retos históricos que facilitan la corrupción, pero también de nuestra capacidad para proteger los recursos públicos en coyunturas tan difíciles como la pandemia". 

 

¿Cómo funciona el vencimiento de términos?

La ley que regula la libertad por vencimiento de términos es el Código de Procedimiento Penal (Ley 906 del 2004), que en el artículo 307 establece que la libertad del imputado se cumplirá de inmediato, por orden de un juez, cuando:

  • Hayan transcurridos 60 días contados a partir de la fecha de imputación y no se hubiere presentado el escrito de acusación o solicitado la preclusión (cierre) del caso.
  • Cuando hayan pasado 120 días contados a partir de la fecha de presentación del escrito de acusación y no se haya dado inicio a la audiencia de juicio.  
  • Cuando transcurridos 150 días contados a partir de la fecha de inicio de la audiencia de juicio, no se haya celebrado la audiencia de lectura de fallo o su equivalente. Esta la última parte de un proceso penal, en la que después de la presentación de las pruebas, testigos y alegatos de cada una de las partes, el juez decide si alguien es culpable o inocente.

 

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