Hunden proyecto de ley que permitía el divorcio libre

Jue, 15/04/2021 - 17:51
La Cámara de Representantes decidió archivar el proyecto que pretendía que los divorcios se pudieran hacer de manera unilateral.

Este jueves la plenaria de la Cámara de Representantes archivó el proyecto de ley con el cual se pretendía modificar las causales de divorcio en el país. Un grupo de representantes liderados por el partido Colombia Justa-Libres, presentó la proposición de archivo de la iniciativa al considerar que esta desvirtúa la naturaleza del matrimonio. 

El proyecto es de autoría de la representante de la Alianza Verde, Katherine Miranda, quien lamentó que el Congreso se negara a dar el debate sobre las causales del divorcio. A su juicio un tema importante para proteger las libertades de los ciudadanos. 

"Lamentamos profundamente que en la Cámara de Representantes no se haya dura discusión a fondo de mi proyecto de ley que buscaba el divorcio libre en Colombia y que en cualquier momento uno de los cónyuges de manera unilateral pudiese divorciarse. Hay que dar las discusiones al interior del Congreso de la República y más cuando en términos de libertades individuales se trata", expresó Miranda.

No obstante, afirmó que insistirá en la iniciativa y presentará este proyecto de ley nuevamente el próximo 20 de Julio. 

"De nuevo la Cámara de Representantes legisla en contra de las libertades y la autonomía de los colombianos. Hunden nuestro proyecto para garantizar el #DivorcioLibre. Niegan y menosprecian nuestro derecho a decidir, insisten en imponer una sola visión de la sociedad. ¡Una lástima!", dijo el representante Juan Fernando Reyes Kuri. 

 

De acuerdo con el texto del proyecto, la aprobación de esta iniciativa haría más sencillo todo el proceso de un divorcio, que en muchas oportunidades, en esos casos de diferencias irreconciliables, puede convertirse en un momento tortuoso para los cónyuges.

La idea era modifica, los artículos 154, 156, 162,165, 411 numeral 4, 1231, 16 85 del Código Civil y algunos artículos del Código General del Proceso. Es justamente el artículo 154 del Código Civil el que reúne las nueve causales de divorcio, que son las siguientes:

  1. Las relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges.
  2. El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como tales y como padres.
  3. Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra.
  4. La embriaguez habitual de uno de los cónyuges.
  5. El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica.
  6. Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o síquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud mental o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial.
  7. Toda conducta de uno de los cónyuges tendientes a corromper o pervertir al otro, a un descendiente, o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.
  8. La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años.
  9. El consentimiento de ambos cónyuges manifestado ante juez competente y reconocido por éste mediante sentencia.

 

La representante había explicado previamente que este proyecto hace que "quienes se quieran divorciar de su pareja no tengan que acudir a un juez a demostrar, por ejemplo, que le fueron infiel, sino que el aparato judicial se ocupe únicamente de lo realmente importante como los efectos del divorcio en cuanto a cuidado y manutención de los hijos, los bienes, entre otros".

Es clave señalar que, la Corte Constitucional ha exhortado en varias ocasiones al Congreso a que legisle sobre este tema, sobre todo, cuando ha tenido que decidir en demandas de inconstitucionalidad sobre los artículos que regulan el divorcio en el Código Civil. 

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