El senador Gustavo Petro solicitó al Tribunal de Cundinamarca una indemnización de 2.453 millones de pesos -tres veces mayor a la ya concedida-, para él y su familia, por el caso de las "chuzadas" del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) entre los años 2002 y 2010.
Es clave señalar que, el pasado seis de agosto de 2020, la instancia declaró administrativa y extracontractualmente responsables al DAS, al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) por el "daño antijurídico" ocasionado a los demandantes de acuerdo con las pruebas que se aportaron en el proceso.
En dicho fallo se ordenó una indemnización de 600 salarios mínimos para Petro, su esposa, dos hijos, sus hermanos y sus padres, además de 160 salarios mínimos para sus dos hijas menores de edad. En total, la indemnización para el senador y su familia quedó en 691 millones de pesos.
No obstante, Petro apeló el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, alegando que el valor de esa indemnización no justifica el perjuicio sufrido y la estigmatización, "no sólo para él sino para su círculo familiar que debió cambiar su vida social y actuación externa dando un giro a su vida y posibilidades de existencia".
En ese sentido, solicitó ser indemnizado con 300 salarios mínimos e igual número para su esposa, dos hijos y sus padres, para sus hermanos pidió una indemnización de 150 salarios mínimos. En total solicitó una compensación de 2.700 salarios mínimos, más o menos 2.453 millones de pesos.
"Hoy todo su círculo familiar gravita en torno a la vida de la víctima directa que como consecuencia de la campaña de desprestigio, la anulación institucional del pluralismo y el intento de extinguir cualquier oposición política o expresión identitaria distinta al régimen autoritario; por tal razón se debe reconocer un mayor monto indemnizatorio", dice el documento.
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Vale la pena recordar que, la demanda por las chuzadas a Gustavo Petro y a su familia fue presentada el 18 de mayo de 2012 y se admitió el 23 de agosto de ese mismo año.
En el recurso se argumentó que el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) debían ser declaradas responsables por los daños ocasionados como consecuencia de las conductas ilegales realizadas en su contra entre los años 2002 y 2010.
Los hechos específicos que en criterio de los demandantes ocasionaron tales daños antijurídicos son: las amenazas producidas como consecuencia de las declaraciones dadas por el entonces presidente Álvaro Uribe, la falta de protección ante las amenazas hechas a los accionantes, chuzadas del DAS y otras actuaciones ilícitas.
En su momento, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República se opuso a las pretensiones de la demanda porque, según mencionó en ese entonces, desconocía la ocurrencia de los hechos descritos.
El DAS, por su parte, alegó que en la demanda por las chuzadas a Gustavo Petro y a su familia no se acreditaron los elementos necesarios para que se configurara su responsabilidad. Indicó que "las conductas imputadas se efectuaron de manera personal e ilícita, sin orden judicial alguna que las amparara o legitimara, por lo que no se les podía adjudicar como institución".