No paran las críticas de Álvaro Uribe a la JEP

Mié, 14/07/2021 - 04:09
Esta vez, las críticas de Álvaro Uribe a la JEP tienen que ver con la decisión de negar la restricción de la libertad de exintegrantes de Farc imputados por secuestro.

No paran las críticas de Álvaro Uribe a la JEP. El expresidente sigue manifestando su inconformidad por el funcionamiento de este modelo de justicia transicional creado tras la firma entre el Gobierno Nacional y las Farc porque, según él, garantiza impunidad. 

Esta vez, el exmandatario se pronunció sobre la reciente decisión de la Sala de Reconocimiento de negar la medida cautelar que pedía restringir la libertad de los exintegrantes del Secretariado de la antigua guerrilla que fueron imputados en medio del Caso 01, conocido como el de Secuestro.

Dicha medida cautelar fue presentada por la Fundación Defensa de Inocentes en representación de un grupo de víctimas, entre ellas la familia de los Diputados del Valle. Esta iba en contra de Rodrigo Londoño Echeverry, Jaime Alberto Parra, Milton de Jesús Toncel, Pablo Catatumbo Torres, Pastor Lisando Alape, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar.  

En la solicitud no solo se resaltaba la necesidad de la restricción de la libertad de los comparecientes sino que, además, se pedía que los dos excomandantes que actualmente ocupan una curul en el Congreso de la República fueran separados de sus cargos. 

Según explicó a KienyKe.com el abogado Juan Camilo Sanclemente, perteneciente a la Fundación Defensa de Inocentes y representante de algunos familiares de los Diputados del Valle, esta medida cautelar se radicó con el fin de garantizar el derecho a la verdad y a la justicia, pues “existen antecedentes de miembros de la extinta guerrilla que se han acogido al ordenamiento de la JEP y luego se han fugado cuando tienen que comparecer, así como sucedió en el caso de Jesús Santrich, Iván Márquez y El Paisa”. 

Además, Sanclemente señaló que, de acuerdo a lo que dijo la Sala de Reconocimiento en esta última decisión, llama la atención que se indique que “ninguna sanción o inhabilidad que se les aplique va a imposibilitar esa participación en política”.

“Es decir que estos miembros que han cometido crímenes de guerra y lesa humanidad respecto al Caso 01 de Secuestro seguirán en el Congreso a pesar de que eso vaya en contra de lo establecido en el Acuerdo”, afirmó. 

Y agregó: “Es muy importante señalar que dentro del Acuerdo se estableció y se le dijo a las víctimas que estas personas que serán condenadas van a cumplir unas penas en zonas especiales. Por otro lado, ellos pueden participar en política, lo que no pueden hacer es ostentar cargos públicos como en el caso de los que son congresistas. A toda luz no tiene ninguna garantía que una persona condenada por los crímenes más graves ocupe una curul en el Congreso y, de esta forma, los estaríamos premiando”.

Las críticas de Álvaro Uribe a la JEP
 

A propósito de esta noticia, el expresidente Álvaro Uribe cuestionó a través de su cuenta de Twitter que la JEP haya decidido que los exintegrantes de las Farc que secuestraron no irán a la cárcel y seguirán en el Congreso. 

“Lo advertimos los del ‘No’ al Plebiscito a pesar del engaño de aquel gobierno”. Y, en otro trino, agregó: “Colombia, en virtud de La Habana del Gobierno anterior, quedó con secuestradores condenados a 40 años y otros, Farc, en el Congreso, sin un día de cárcel. Qué le dirá JEP a los otros secuestradores”.

Desde que se creó la JEP, Álvaro Uribe ha sido uno de los más fuertes contradictores. Cabe recordar que, cuando quedó en libertad en medio de su proceso por supuesta manipulación de testigos, hizo una declaración pública en la que dijo que se debía derogar esta jurisdicción porque  “no da garantías a las víctimas”. 

En esa ocasión señaló: “He meditado mucho sobre las consecuencias del sistema judicial que heredamos del gobierno anterior. Ese conjunto normativo vinculado a la JEP consagró impunidad total a atrocidades como el secuestro y violación de menores. La verdad se ha convertido en una premeditación para negar o editar los hechos de acuerdo con el interés político (...) Las víctimas siguen burladas y parece que su único camino sea mendigar unos recursos del Estado. Debemos insistir en la derogatoria de la JEP y en la reforma de los acuerdos de La Habana, salvando el respeto y apoyo a los reinsertados de buena fe”. 

¿Qué fue lo que dijo la JEP sobre este caso? 


Tras analizar el requerimiento formulado por la Fundación Defensa de Inocentes, los magistrados determinaron que la Sala de Reconocimiento “no es la competente para evaluar dicha solicitud” y que la medida cautelar “no es la vía procesal para formular las inquietudes planteadas en la misma”. 

Según la Sala, luego de analizar esta petición se determinó que resolver la restricción de la libertad o la participación política de los comparecientes es una decisión que compete al Tribunal para la Paz una vez este imponga la sentencia que corresponda. 

“Este escenario de discusión se dará si los comparecientes se hacen acreedores de una sanción propia o, por el contrario, de una alternativa u ordinaria. Además, de las condiciones que se fijen para su cumplimiento en cada caso”, dijo la Sala de Reconocimiento.

La Sala también explicó que teniendo en cuenta que la sanción propia es la única que implica restricción efectiva de libertades y derechos, tales como la libertad de residencia y movimiento, pero no cárcel, como las otras dos, “será la Sección de Primera Instancia del Tribunal quien determine la compatibilidad de la sanción propia con el ejercicio de la participación política. Esto, para quienes reconozcan verdad y responsabilidad”.

Por último, indicó que si bien esta es una decisión que puede ser adoptada por el Tribunal en la sentencia, es este el organismo que tiene la palabra y no la Sala de Reconocimiento por vía de una medida cautelar.

“En ese sentido, su competencia ante la solicitud apenas va hasta la presentación de la resolución de conclusiones ante la Sección de Primera Instancia del Tribunal para la Paz cuando haya reconocimiento de verdad y responsabilidad o la remisión ante Unidad de Investigación y Acusación, cuando no lo haya”, puntualizó. 

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