Como un “golpe para las víctimas” fue calificada la decisión de la Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de negar la medida cautelar para que se restringiera la libertad de los comparecientes de las Farc que fueron imputados por crímenes de guerra y lesa humanidad dentro del Caso 01, conocido como el de Secuestro.
La medida solicitada por el grupo de víctimas, entre ellas las de los familiares de los Diputados del Valle, iba en contra de Rodrigo Londoño Echeverry, Jaime Alberto Parra, Milton de Jesús Toncel, Pablo Catatumbo Torres, Pastor Lisando Alape, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar.
En ella no solo se pedía la restricción de su libertad en las Zonas Veredales de Normalización sino que, además, se pedía que los dos excomandantes de las Farc que actualmente ocupan una curul en el Congreso de la República sean separados de sus cargos.
Sin embargo, tras analizar el requerimiento formulado por la Fundación Defensa de Inocentes, los magistrados determinaron que la Sala de Reconocimiento “no es la competente para evaluar dicha solicitud” y que la medida cautelar “no es la vía procesal para formular las inquietudes planteadas en la misma”.
Según la Sala, luego de analizar esta petición se determinó que resolver la restricción de la libertad o la participación política de los comparecientes es una decisión que compete al Tribunal para la Paz una vez este imponga la sentencia que corresponda.
“Este escenario de discusión se dará si los comparecientes se hacen acreedores de una sanción propia o, por el contrario, de una alternativa u ordinaria. Además, de las condiciones que se fijen para su cumplimiento en cada caso”, dijo la Sala de Reconocimiento.
Y agregó: “Teniendo en cuenta que la sanción propia es la única que implica restricción efectiva de libertades y derechos, tales como la libertad de residencia y movimiento, pero no cárcel, como las otras dos, será la Sección de Primera Instancia del Tribunal quien determine la compatibilidad de la sanción propia con el ejercicio de la participación política. Esto, para quienes reconozcan verdad y responsabilidad”.
Por último, la Sala dijo que si bien esta es una decisión que puede ser adoptada por el Tribunal en la sentencia, es él quien tiene la palabra y no la Sala de Reconocimiento por vía de una medida cautelar.
“En ese sentido, su competencia ante la solicitud apenas va hasta la presentación de la resolución de conclusiones ante la Sección de Primera Instancia del Tribunal para la Paz cuando haya reconocimiento de verdad y responsabilidad o la remisión ante Unidad de Investigación y Acusación, cuando no lo haya”, puntualizó.
Reacción de las víctimas
Tras este pronunciamiento, Juan Camilo Sanclemente, perteneciente a la Fundación Defensa de Inocentes y abogado de familiares de Diputados del Valle, indicó en diálogo con KienyKe.com que este es un “golpe para las víctimas” quienes son “el eje central del Acuerdo de Paz”.
Sanclemente explicó que estas medidas cautelares en contra de los exmiembros del Secretariado de las Farc se solicitaron con el fin de garantizar el derecho a la verdad y a la justicia, pues existen antecedentes de miembros de la extinta guerrilla que han firmado compromisos, se han acogido al ordenamiento de la JEP y luego se han fugado cuando tienen que comparecer, así como sucedió en el caso de Jesús Santrich, Iván Márquez y El Paisa.
“Nosotros radicamos esta solicitud para que no se presenten más casos como estos, pero nuestra petición fue negada. Lastimosamente el proceso de conocer la verdad ha sido muy difícil, porque estas personas no han contado la totalidad de los hechos. Este es uno de los planteamientos en los que más han insistido las víctimas”, indicó.
El abogado señaló que esta decisión de la Sala de Reconocimiento “va en contravía de lo acordado en el Proceso de Paz”, pues, en principio, estas personas ya aceptaron su responsabilidad por los secuestros cometidos.
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“Ellos ya aceptaron su culpa en los hechos que les imputó la JEP. A pesar de esto, nos niegan la solicitud. Lo más paradójico es que los abogados de los exmiembros de las Farc dicen que no se les puede hacer señalamientos que ellos llaman ‘peligrosos’ ya que se les vulnera la presunción de inocencia, la cual a todas luces es incompatible porque ya no existe. Ellos mismos aceptaron su responsabilidad, entonces no entendemos a qué se debe esa solicitud”, mencionó.
Para Sanclemente, algo que llama la atención de este pronunciamiento de la JEP es que dice que ninguna sanción o inhabilidad que se les aplique va a imposibilitar esa participación en política.
“Es decir que estos miembros que han cometido crímenes de guerra y lesa humanidad respecto al Caso 01 de Secuestro seguirán en el Congreso a pesar de que eso vaya en contra de lo establecido en el Acuerdo”, afirmó.
Por último, dijo que las víctimas exigen garantías y que se haga aplicación a lo acordado dentro del Proceso de Paz.
“Es muy importante señalar que dentro del Acuerdo se estableció y se le dijo a las víctimas que estas personas que serán condenadas van a cumplir unas penas en unas zonas especiales. Es decir, al momento en que se les imponga una sanción, a estas personas se les va a ser efectiva la restricción de su movilidad. Por otro lado, ellos pueden participar en política, lo que no pueden hacer es ostentar cargos públicos como en el caso de los que son congresistas. A toda luz no tiene ninguna garantía que una persona condenada por los crímenes más graves ocupe una curul en el Congreso y, de esta forma, los estaríamos premiando”, manifestó.