La Corte Suprema de Justicia fue clara en su orden: no reubicar a Juan Guillermo Monsalve a pesar del pedido del Inpec.
El mayor general Mariano Botero, director general del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), solicitó el pasado 13 de abril a la Corte Suprema de Justicia el permiso para reubicar a Juan Guillermo Monsalve, testigo estrella en el proceso que se adelanta contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por supuesta manipulación de testigos.
La petición, que fue presentada ante el magistrado Cesar Reyes de la Sala Especial de Instrucción y que fue conocida por KienyKe.com, tiene como fin conseguir que el señalado exparamilitar sea trasladado a otro pabellón de la cárcel La Picota de Bogotá.
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Sin embargo, la Corte Suprema de justicia ordenó que el testigo de este proceso siga su retención en la casa fiscal donde se encuentra.
Frente a esta decisión, el abogado Miguel Ángel del Rio y defensa de Monsalve reaccionó y calificó esta orden como "una forma de garantizar la verdad por encima de los shows mediáticos".
De igual manera, en la carta de la Corte Suprema se insta a mantener la seguridad donde esta recluido Monsalve.
"Se reiteran las medidas especiales de seguridad, siendo de carga del establecimiento carcelario mantenerlas y extremarlas, para garantizar una efectiva e idónea seguridad y protección del interno Monsalve".
Juan Guillermo Monsalve se encuentra desde el 3 de abril de 2018 en una casa fiscal ubicada en ese complejo penitenciario de alta y mediana seguridad por motivos de seguridad. Esa decisión se tomó a través del oficio No. 11802 del 2 de abril de 2018 y fue ordenada por el entonces magistrado José Luis Barceló.
Cabe mencionar que no es la primera vez que se pide un permiso para el traslado de Monsalve. En dicha carta del mayor general Mariano Botero se expresó que el pasado 7 de enero del 2020 se había pedido un cambio de pabellón dentro de la cárcel La Picota.
En esa ocasión, al testigo se le encontraron seis celulares de alta gama, una impresora, dos computadores, tres televisores, una consola de videojuegos, Wi-Fi, botellas de licor y otros objetos restringidos.
Sin embargo, el instituto indicó que, con oficio 00683 del 7 de febrero de 2020, se brindó respuesta por parte del alto tribunal, la cual señalaba que no era procedente reconsiderar el lugar de permanencia del privado de la libertad, "toda vez que este había sido ubicado allí por motivos de seguridad".