El expresidente Álvaro Uribe Vélez seguirá en libertad pero quedará en calidad de imputado en medio del proceso penal que cursa en su contra por presunto soborno y fraude procesal.
Así lo decidió este viernes 6 de noviembre el Juez Cuarto Penal del Circuito de Bogotá al resolver la apelación presentada por el senador Iván Cepeda, quien fue acreditado como víctima en este caso.
El juez hizo un recuento de la investigación y analizó los argumentos presentados por la jueza 30 de garantías, quien el pasado 10 de octubre dejó en libertad al exmandatario al determinar que no se había surtido la etapa de imputación de cargos ahora que el proceso está bajo las reglas de juego de la Ley 906 de 2004 y que, por esa razón, no se podía mantener la medida de detención domiciliaria.
Sin embargo, el juez de segunda instancia consideró todo lo contrario. Para él sí es posible hacer una homologación en la actuación hecha entre los dos sistemas procesales, es decir, es equiparable la indagatoria que se le hizo a Uribe Vélez en la Corte Suprema de Justicia bajo los parámetros de la Ley 600 con una formulación de imputación de la Ley 906 del sistema penal acusatorio.
Por lo tanto, reconoció lo adelantado por la Sala de Instrucción del alto tribunal y dejó el proceso por presunta manipulación de testigos en etapa de imputación de cargos.
"Lo que tiene que hacer ahora la Fiscalía General de la Nación no es realizar una audiencia de formulación de imputación, sino, advirtiéndose superada esta etapa, decidir dentro del marco constitucional y legal, si presenta escrito de acusación, solicitud de preclusión o da lugar a la aplicación de un principio de oportunidad", explicó.
El abogado Oscar Sierra Fajardo resumió así la decisión:
El funcionario judicial indicó que los escenarios de compatibilidad únicamente alcanzan hasta el reconocimiento de la indagatoria como equivalente a la formulación de imputación, pero aseguró que esta no permite adecuar la medida de aseguramiento impuesta a los parámetros de la Ley 906 de 2004, por lo tanto, confirmó la libertad de Uribe Vélez.
"Es dable revocar parcialmente la decisión de primera instancia en punto de reconocer la adecuación procesal demanda por los recurrentes hasta la formulación de imputación y, en consecuencia, la validez de lo actuado bajo los preceptos de la Ley 600 de 2000 a excepción de la medida de aseguramiento impuesta al procesado", afirmó.
Por último, señaló que si se quiere imponer una medida de aseguramiento en contra del expresidente Álvaro Uribe, serán las víctimas o la Fiscalía quienes tendrán que hacerle la solicitud a un juez de control de garantías teniendo en cuenta los requisitos establecidos en la ley.
El abogado Marlon Díaz opinó sobre esta decisión en diálogo con KienyKe.com: