El caso de Álvaro Hernán Prada se quedará en la Corte Suprema de Justicia. La Fiscalía General dio a conocer que no reclamará la competencia en este proceso por presunta manipulación de testigos en favor del expresidente Álvaro Uribe Vélez.
Esta decisión se da tras una respuesta negativa a un derecho de petición presentado por José Fernando Mestre, abogado del excongresista del Centro Democrático.
El defensor buscaba que la investigación por la presunta comisión del delito de soborno en actuación penal en calidad de cómplice pasara a manos de la Fiscalía tras la renuncia de Álvaro Hernán Prada al Congreso de la República, así como sucedió en el caso de Uribe Vélez, en el cual ahora se pide la preclusión.
Sim embargo, el fiscal Francisco Barbosa indicó en su respuesta a este derecho de petición que este “no es procedente para obtener el planteamiento de conflictos de jurisdicción" y que esta Fiscalía respeta y acata plenamente la decisión de la Corte Suprema, "por lo que no entra a controvertir su motivación".
¿Por qué el caso quedó en la Corte Suprema?
La Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia consideró que, a pesar de la renuncia a la curul como representante a la Cámara por el departamento del Huila, la conducta presuntamente delictiva por la cual se le investiga a Álvaro Hernán Prada tiene relación con su función de congresista.
Para la Sala, el delito por el que es investigado se pudo materializar por causa, con ocasión del servicio congresual y en el ejercicio de sus funciones, pues "habría usado su investidura como representante y como director del partido Centro Democrático en el Huila para desplegar los posibles comportamientos del soborno a testigo que lo comprometen.
El alto tribunal de justicia señaló que, de acuerdo con los fundamentos jurídicos tenidos en cuenta, Prada Artunduaga habría instrumentalizado y aprovechado la condición de congresista para conservar su liderazgo político y también para abordar al testigo de la actuación penal a través de un intermediario, por lo cual se desviaron o se usaron de forma abusiva sus funciones como representante a la Cámara.
"La Sala deja en claro que el fuero de los congresistas no es personal sino institucional, lo que implica que es irrenunciable y, por lo tanto, si los presuntos hechos delictivos tienen relación con la actividad legislativa, el fuero se extiende incluso después de cesar en el ejercicio del cargo", afirmó.
Por otro lado, la Corte Suprema indicó que, aunque el delito imputado al exrepresentante Prada está catalogado como común porque puede ser cometido por cualquier ciudadano, lo relevante para mantener la competencia es que tiene relación con sus funciones de legislador.
- También le puede interesar: JEP advierte sobre prácticas paramilitares para atemorizar manifestantes
"Según la decisión, su situación tiene profundas diferencias con la del exsenador Álvaro Uribe Vélez, cuyas diligencias por los mismos hechos fueron remitidas a la Fiscalía General de la Nación tras su renuncia al cargo de congresista, porque las conductas de él no tienen conexidad con sus funciones de senador, ni se advirtió que necesitara de su condición de legislador o del desempeño de su cargo para la presunta comisión de los delitos que en su momento le imputó la Corte", finalizó.