El Instituto Nacional de Salud (INS) y el Ministerio de Salud y Protección Social reportaron para este martes 1 de junio 25.966 casos nuevos de Covid-19 en Colombia.
Para este reporte se practicaron 48.133 pruebas PCR y 42.565 de antígenos, para un total de 90.698 análisis para detectar nuevos contagios.
De igual manera, en el último informe del INS se reportaron 523 fallecidos a causa de la enfermedad del Covid-19. Sin embargo, 417 personas fallecidos corresponden a días anteriores.
Con la reciente cifra que se reportó sobre el avance del Covid-19 en Colombia, el país asciende a un total 3.432.422 casos positivos registrados durante el desarrollo de la pandemia, de los cuales 138.634 son casos activos. Mientras que 3.193.406 personas se han logrado recuperar de la enfermedad del Covid-19.
En la siguiente imagen se muestran los casos diarios por departamento:
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Reactivación económica segura entra en vigor desde este 1 de junio
En el marco de la actual emergencia sanitaria por covid-19, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 580 de 2021 por medio del cual se imparten instrucciones para el cuidado de la salud y la vida de los colombianos durante la reactivación económica segura, así como para el mantenimiento del orden público.
Gerson Bermont, director de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud y Protección Social, señaló que "este decreto va de la mano de la Resolución 738, que emitimos la semana pasada desde el Ministerio de Salud, y a través de la que se extendió la emergencia sanitaria hasta el 31 de agosto de 2021".
Agregó que "el país necesita comenzar la reactivación segura de diferentes sectores. La vacunación avanza a buen ritmo, lo que brinda un mejor escenario para que esa reapertura se dé, pero seguimos en pandemia y por eso son necesarias las medidas de control en todo el territorio nacional".
El acto administrativo reitera la obligatoriedad del cumplimiento de los protocolos de bioseguridad para la disminución de la propagación del virus en las actividades cotidianas, tal como lo estipule la cartera de Salud, o cualquier otra entidad del orden nacional, como lo es el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable.
Asimismo, para la reactivación progresiva de las actividades económicas, sociales y del Estado, el Minsalud entregará los criterios y condiciones que permitan su desarrollo en cada territorio de acuerdo con las condiciones epidemiológicas, disponibilidad en los servicios de salud y avances en la ejecución del Plan Nacional de Vacunación contra el covid-19.
"Los municipios que tengan una ocupación superior al 85 % de unidades de cuidados intensivos por covid-19, los alcaldes podrán restringir algunas actividades, áreas y zonas para manejo de la epidemia, previo concepto del Ministerio de Salud y autorización del Ministerio del Interior", explicó Bermont.
También, y como se ha hecho en anteriores ocasiones, cuando un municipio presente una variación negativa en el comportamiento de la pandemia, el ente rector de la salud emitirá un informe de la situación epidemiológica del covid-19 en el municipio y las recomendaciones para este, las cuales serán ordenadas por el Mininterior.