La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) formuló pliego de cargos contra cuatro empresas del sector lacteo que estarían implicadas en la presunta alteración de la leche adicionando lactosuero al producto provocando una violación a las normas del mercado.
Estas investigaciones estarían iniciando luego de que la SIC recibiera una serie de denuncias, entre las que están argumentos de forma anónima en los que se alegan que presuntamente se adiciona lactosuero a la leche entera higienizada UAT, la cual, estaría siendo comercializada por algunas empresas que distribuyen el producto.
Entre las compañías que estarían involucradas presuntamente en dicha práctica están Gloria Colombia, Lactalis Colombia (Parmalat), Sabanalac y Compañía Procesadora y Distribuidora de Lacteos (Hacienda San Mateo).
Según las denuncias recibidas por la SIC, la práctica en la que se habría adicionado lactosuero en la leche se estaría ejecutando desde el 2020, por tanto, la entidad ejecuta acciones para determinar la veracidad de los hechos.
En las primeras investigaciones realizadas por la SIC se realizaron visitas de inspección en conjunto con el INVIMA con el fin de determinar lo denunciado, para esto se tomaron distintas muestras con lo que los análisis realizados detectaron la presencia de lactosuerocaseinomacropétido en grandes cantidades en las muestras analizadas.
Con estas actuaciones, las empresas estarían incurriendo en actos de engaño a los consumidores ya que, el producto se habría ofrecido como leche pero al que se le adicionan grandes cantidades de lactosuero lo que no se le reporta al comprador.
Así mismo, se estaría incurriendo en la violación de algunas normas que prohíben la adición de lactosueros a la leche en cualquiera de las etapas de la cadena productiva, con lo que lo establecido por el Ministerio de Salud frente a estas disposiciones estaría siendo alterado.
“De encontrarse probadas las conductas, esta Autoridad podrá imponer multas hasta de 100.000 SMLMV por cada conducta, o incluso mayores de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 1340 de 2009, modificado por el artículo 67 de la Ley 2195 de 2022”, comunicó la SIC.
Frente a esto, las disposiciones para las investigaciones continúan y en caso de que se llegue a tomar la determinación de que efectivamente se realizan dichas actuaciones, la SIC impondrá las multas y sanciones correspondientes.