Tal como lo hizo el Partido Conservador, el movimiento Colombia Humana y la Unión Patriótica lanzaron un protocolo con el cual buscan prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra niñas, mujeres y personas de los sectores LGTBI+.
El protocolo tiene un enfoque de interseccionalidad dado que las niñas y mujeres rurales, indígenas, afrocolombianas, con alguna discapacidad, en condición de pobreza, las mujeres migrantes y víctimas de desplazamiento y personas de los sectores LGTBI+, enfrentan brechas de desigualdad con respecto a otras mujeres, y son más vulnerables a la violencia basada en género.
Los movimientos políticos que trabajaron en el documento reconocen la existencia de desigualdad estructural en el ejercicio de los derechos de las mujeres y personas de los sectores LGBTI+, tanto en la vida social y política global, como en el ejercicio de la militancia y el activismo político, por lo que las regulaciones del protocolo estarán orientadas al reconocimiento y resarcimiento de dichos derechos
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Por ello, acordaron 15 compromisos con los cuales buscan prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra niñas, mujeres y personas de los sectores LGTBI+, estos son algunos de ellos.
- Propender por garantizar la participación de las mujeres y personas de los sectores LGTBI+ en la política.
- Rechazar toda acción y conducta de violencia basada en género y discriminación de las diversidades sexuales y de género en todas sus formas y manifestaciones bajo el principio de igualdad, no discriminación y no repetición.
- Garantizar la paridad de género, la inclusión de las mujeres y las personas de los sectores LGBTI en las instancias de decisión y participación y en los cargos de elección popular.
- Promover las discusiones políticas como escenarios libres de violencias entre las mujeres, contra las mujeres y personas de los sectores LGTBI+.
- Sancionar toda acción y conducta de violencia de género, incluyendo las violencias políticas contra las mujeres y personas de los sectores LGTBI+.
Colombia Humana procurará los medios o instrumentos para que reciban acompañamiento en: asistencia técnica legal, asistencia psicosocial y asistencia espiritual.
La ruta cuenta con cinco pautas: primero, conocimiento del caso y atención de la emergencia; segundo, determinación del tipo de violencia; tercero, comenzar un proceso de acompañamiento y orientación jurídica, psicológica, psicosocial y espiritual según sea el caso; cuarto, investigación de los hechos, y por último, seguimiento por parte de quien hizo los procesos de acompañamiento y orientación jurídica, psicológica, psicosocial y espiritual.
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Así las cosas, toda mujer o persona de los sectores LGTBI+ que sea víctima de acoso o de hostigamiento podrá presentar una denuncia verbal o por escrito ante las instancias creadas para tal fin. Por lo menos una persona integrante de dichas instancias se pondrá en contacto con la persona afectada por la violencia de género, el acoso o el hostigamiento sexual, en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles.
No se admitirán las denuncias anónimas, puesto que, la persona encargada de recibir la denuncia abrirá un expediente con toda la información recibida, este procedimiento tendrá un carácter confidencial, luego se procederá a confirmar la veracidad de la denuncia y una vez comprobada la existencia de indicios que doten de veracidad la denuncia presentada, la persona encargada de la instrucción del caso entrará en contacto de forma confidencial con la persona denunciada, sola o en compañía de la persona denunciante, si así lo considera la persona denunciante, para manifestarle la existencia de una queja sobre su conducta.
"La investigación de los hechos denunciados tendrá como plazo máximo 30 días hábiles desde el momento en el que se admita la denuncia, pudiendo sólo ser ampliado por diez días hábiles bajo razones fundadas por las instancias creadas", dice el documento.
En los casos donde el imputado/a sea un militante, de la Colombia Humana, se podrá ejecutar cualquiera de las siguientes sanciones, luego de ser probada su responsabilidad y de ser el caso, deberá ser apartado de la instancia a la que pertenezca mientras se realiza la investigación y de acuerdo al principio de proporcionalidad:
- Amonestación privada
- Amonestación pública
- Suspensión de derechos dentro del Movimiento
- Cancelación de la membresía que lo acredita como Afiliad(a)o al movimiento.
- Destitución del cargo en los órganos de representación y dirección del movimiento.
- Inhabilitación para participar en los órganos de dirección y representación del movimiento o para ser registrado como candidato a puestos de elección popular
- Impedimento para ser candidato externo por el movimiento o por la coalición de la que la Colombia Humana sea parte.
- La negativa o cancelación de su registro como aspirante, precandidato o candidato.
- La obligación de resarcimiento del daño patrimonial ocasionado
- Las demás que prevean los Estatutos y las normas aplicables al caso.