¿Por qué la JEP negó extradición de Santrich?

Mié, 15/05/2019 - 09:23
Este 15 de mayo, la Sección de Revisión del Tribunal Para la Paz adscrita a la Jurisdicción Especial de Paz (JEP), resolvió por mayoría ordenar a la Fiscalía Gene
Este 15 de mayo, la Sección de Revisión del Tribunal Para la Paz adscrita a la Jurisdicción Especial de Paz (JEP), resolvió por mayoría ordenar a la Fiscalía General de la Nación dejar en libertad inmediata a Seuxis Paucias Hernández Solarte, conocido como 'Jesús Santrich'.

Escuche la reacción de Jesús Santrich luego de conocer la decisión de la JEP:

La decisión implica la aplicación de la garantía de no extradición luego de considerar que con las pruebas aportadas, no sería posible evaluar la conducta ni determinar la fecha de la misma dentro de la investigación que se adelantaba contra el excabecilla de la desmovilizada guerrilla de las Farc. En los argumentos desglosados por la jurisdicción especial, los magistrados del tribunal sostuvieron que al no especificarse la fecha precisa de la realización de la conducta, teniendo en cuenta que el Departamento de Justicia de Estados Unidos tampoco entregó a través de la Fiscalía pruebas suficientes, no se esclareció la conducta atribuida a Hernández Solarte por la cual habría sido solicitado en extradición por parte del Tribunal del Distrito Sur del Estado de Nueva York. Por ende, según el Tribunal, la decisión de dejar en libertad a Hernández Solarte y la aplicación de la garantía de no extradición se basó en los principios pro homine, pro paz y pro víctima, recordando que existen fallos a favor de la aplicación de dicha medida emitidos por la Corte Suprema de Justicia. [single-related post_id="1099485"] La jurisdicción también advirtió que “... el juzgamiento de Hernández en Colombia es la manera más efectiva de reiterar el derecho internacional público y posibilitar el goce de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición”, por lo cual el tribunal dispuso que Hernández Solarte seguirá a disposición de la JEP, enmarcado en las condiciones exigidas para todos los comparecientes. La JEP también anunció que compulsará copias del proceso a la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia y la Sala de Reconocimiento de la Verdad de la jurisdicción, para que sean ellas quienes definan la competencia en la investigación de los hechos y conductas de Hernández Solarte. Se desestimó enviar copias a la Fiscalía General de la Nación al considerar que la misma cuenta con los elementos de convicción obrantes en el caso.  
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