Exfiscal Montealegre explica si Petro puede convocar una Constituyente

Mié, 05/06/2024 - 10:00
El exfiscal general de la Nación declaró en una rueda de prensa que el presidente, Gustavo Petro, podría convocar una constituyente mediante un acuerdo de paz con las disidencias de las FARC.
Créditos:
Archivo particular

Este miércoles 5 de junio, Luis Eduardo Montealegre, exfiscal general de la Nación, convocó una rueda de prensa programada para las 7:30 de la mañana en el Hotel Diplomat Wyndham de Bogotá, ubicado justo frente al Búnker de la Fiscalía General de la Nación.

Su objetivo era explicar que el presidente Gustavo Petro tiene la facultad de convocar una asamblea nacional constituyente mediante el acuerdo de paz con la guerrilla de las FARC.

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En un principio, ante varios medios de comunicación, el también abogado mencionó: "Los acuerdos de paz, al ser parte del bloque de constitucionalidad, poseen una preeminencia en el orden interno y son considerados normas jurídicas", enfatizó.

Además, Montealegre señaló durante la reunión que, de acuerdo con lo estipulado en La Habana, específicamente en la introducción del acuerdo especial, se establece claramente que el Estado colombiano está obligado a convocar un acuerdo nacional.

Montealegre explica las razones por las cuales considera que el presidente puede convocar una constituyente:

El exfiscal general de la Nación subrayó que, el concepto de "acuerdo nacional" implica la convocatoria de una asamblea nacional constituyente. Además, enfatizó que una vez iniciado este proceso, será sometido a revisión por parte de la Corte Constitucional.

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"El presidente puede desarrollarla directamente a través de un reglamento constitucional autónomo. Este implicaría que una vez convocada la Constituyente por el presidente, como el reglamento tiene fuerza de ley y es ley, tiene que ir a control de la Corte Constitucional para que determine si es exequible o no”, indicó.

Finalmente, Montealegre señaló que la expresión "acuerdo nacional" en la introducción del acuerdo de paz podría insinuar la convocatoria de una Asamblea Constituyente. Subrayó que, aunque esta disposición no constituye una ley por sí sola, tiene un gran peso y puede influir en la forma en que se legisla en Colombia.

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