Corte dice que no 'meterá mano' en curules de paz

Mié, 13/12/2017 - 04:12
A pesar de que este martes hubo una pequeña luz de esperanza para salvar la reforma constitucional que crea las 16 circunscripciones de paz, esta parece haberse evaporado. La Corte Const
A pesar de que este martes hubo una pequeña luz de esperanza para salvar la reforma constitucional que crea las 16 circunscripciones de paz, esta parece haberse evaporado. La Corte Constitucional aseguró que no tiene competencia para revisar el proyecto de acto legislativo. La Corte fue clara en su posición mediante un comunicado dirigido al Gobierno: "En atención a su solicitud del 7 de diciembre de 2017, dirigida a todos los magistrados de esta corporación, me permito expresarle que este tribunal todavía no tiene competencia para activar el control automático y único de constitucionalidad establecido en el acto legislativo”, aseguraron los togados. Según el alto tribunal, la solicitud del presidente Juan Manuel Santos de revisar el texto no se puede realizar. Esto se debe a que la Corte únicamente tiene competencia sobre las leyes y actos legislativos que sean aprobados en el Congreso, y no sobre proyectos negados o sin decisión. [single-related post_id="796336"] La normatividad vigente así lo expresa: “Los proyectos de ley y de acto legislativo tramitados mediante el Procedimiento Legislativo Especial para la Paz tendrán control automático y único de constitucionalidad, posterior a su entrada en vigencia. El control de constitucionalidad de los actos legislativos se hará solo por vicios de procedimiento en su formación. Los términos de esta revisión para leyes y actos legislativos se reducirán a la tercera parte de los del procedimiento ordinario y no podrán ser prorrogados". El Senado de la República, al considerar que la votación de las circunscripciones de paz de 50 votos a favor y 7 en contra no alcanza la mayoría absoluta, declaró la reforma sin decisión. El reglamento de esta corporación asegura que en caso de dos votaciones consecutivas sin resultados (como sucedió en este caso) el proyecto se entiende negado. La mayoría absoluta se obtiene cuando la mitad de los senadores vota positiva o negativamente un proyecto. Es decir, si son 102 senadores, se alcanzaría con 51 votos afirmativos. Pero el Gobierno considera que al haber 3 senadores suspendidos, el número se reduce a 99, por lo que la mitad es 49.5, por lo que los votos afirmativos serían suficientes. Por otra parte el Tribunal Administrativo de Cundinamarca aceptó una acción de cumplimiento presentada por Guillerno Rivera, ministro del Interior, ordenando al Congreso que apruebe el proyecto. Esta decisión causó todo tipo de polémica, porque la rama judicial estaría revirtiendo una decisión de la legislativa, lo cual no está entre sus competencias.
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