El Instituto Nacional Agropecuario de Colombia puso en vigencia la resolución del reglamento de los procesos de ingreso y salida de Colombia de los animales de compañía.
La nueva norma se debe al alto volumen de movilizaciones de mascotas que se han presentado últimamente a nivel internacional.
También ICA aceptó que por las frecuentes cantidades de perros y gatos que entran y salen del país, es necesario prevenir la introducción y propagación de enfermedades.
En primer lugar los dueños de los animales de compañía deben tener en cuenta para la entrada o salida del país de sus mascotas la expedición del certificado de inspección sanitaria, el cual es solamente emitido en las oficinas del ICA.
Por esta razón, las personas que van a viajar con sus mascotas deben presentarse con su perro o gato en las oficinas del ICA para que la mascota sea valorada por la entidad.
Este documento debe tener el registro de cuando el animal recibió su último tratamiento de antiparasitario interno y externo, el cual debe ser dentro de los 4 meses previos al arribo, con productos autorizados.
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El certificado también debe tener la caracterización del animal, es decir, su especie, raza, sexo, edad, color del pelaje y otras señales particulares, para determinar que no se presenten heridas frescas.
En según lugar, los viajeros que deseen ingresar a Colombia con sus mascotas deben presentar el certificado de vacunación, tanto el original como una copia y este debe tener las siguientes vacunas :
Perros
Rabia, enfermedad de carré (Distemper), hepatitis canina, leptospirosis (canícola o icterohemorragiae), parvovirus, coronavires y parainfluenza; con el nombre del producto, número o lote, fecha de administración y fecha de revacunación.
Gatos
Rabia y panleucopenia felina.
Perros y gatos deben ser vacunados por primera vez contra la rabia antes de 21 días antes del viaje.
Una vez realizada la verificación documental y la inspección física de la mascota, y si estas son satisfactorias, el dueño debe cancelar el servicio de inspección y emisión del Certificado de Inspección Sanitaria.
Cuando una persona desea salir de Colombia con su mascota, es necesario presentar el certificado sanitario de salud, el cual debe ser expedido por un médico veterinario, con firma, número de matrícula profesional expedida por Comvezcol y fecha de expedición no mayor a cinco días calendario antes de la fecha del viaje.
De igual manera se hará un registro de las características del animal, para detectar que no se presenten heridas frescas y se encuentra libre de enfermedades contagiosas o parasitarias.
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Por es necesario especificar cuando fue la última vez que su mascota recibió un tratamiento antiparasitario interno y externo, este debe ser menos cinco días antes del día de vuelo y con productos que estén debidamente autorizados.
El certificado de vacunación debe estar vigente, se debe entregar el original y una copia copia. El documento debe presentar en el plan vacunación del animal, el cual exige la vacuna contra la rabia.
El ICA esta encargado de verificar que los animales que recibieron la primera dosis de la vacuna contra la rabia mínimo 21 días antes del viaje. Existe otros países que exijan un mayor tiempo.
Para los casos los perros y gatos domésticos menores de seis meses de edad y en cantidades de tres o más animales, deben estar identificados por medio de un microchip compatible con la tecnología de lectura HDX o FDX-B.
Una vez se cumpla de manera exitosa la inspección física y documental, se procede a expedir el certificado de inspección sanitario por el ICA, el cual tendrá vigencia de cinco días calendario.
En caso de no darse el proceso de manera exitosa, el viajero deberá tramitar una nueva solicitud.