Un fallo de tutela ordenó a la senadora Claudia López rectificar una opinión emitida contra Cambio Radical. Basada en el derecho al buen nombre, la Corte Suprema de Justicia dio plazo hasta el 23 de noviembre para hacer efectiva la reculada.
“Es un concierto para delinquir con personería jurídica", dijo la senadora López sobre un partido con 349 sancionados por Procuraduría desde el año 2012 a 2015 y 41 congresistas investigados por parapolítica, 19 de ellos condenados.
¿Hasta dónde puede considerarse esta una afrenta al debate democrático y a la lucha de ideas? Jonh Stuart Mill dijo que la libertad social es el control legítimo a las acciones de los gobernantes. Así se ejercen los derechos políticos y el control constitucional a quien detenta el poder. Para que esto sea posible debe haber una forma de gobierno electivo y responsable.
Como es electivo, la voluntad del pueblo representada en quien gobierna no es la del todo sino, de una parte. De ahí la utilidad de los controles democráticos para establecer contrapesos a un gobierno. Y para que sea democrático deben existir independencia individual y control social.
De igual modo el ejercicio libre de la crítica a través de la deliberación pública, para que aflore la creatividad y la sociedad mejore a partir del equilibrio de razones contrapuestas y su discusión.
Como la actuación del Estado debe regirse por principios como publicidad y transparencia, es indudable que la exposición que tiene es mayor. Así ocurre con sus altos dignatarios, los partidos políticos, los servidores públicos y los que ejercen o aspiran a un cargo de elección popular.
Coartar una opinión equivale a afirmar la infalibilidad de la idea propia. Por eso debe respetarse la propagación de ideas y dar cabida a distintas vertientes de pensamiento. Es a la sociedad, y en particular al periodismo, a quienes corresponde verificar en todo momento los hechos sobre los que el público discute.
Esa teoría de los controles democráticos expresa la necesidad de información que tiene una sociedad para ejercerlos. La única razón legitima para usar la fuerza contra un miembro de una comunidad civilizada es la de impedirle perjudicar a otros.
Necesita probar que requiere la intervención de instancias de justicia para que las sociedades sean mejoradas por medio de una libre y equitativa discusión. Los ciudadanos necesitan información para conocer la verdad, y con ella, regular o dirimir el conflicto social.
La libertad de expresión se encuentra en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, reconocida en el artículo 13 de la Convención Americana de 1969. El ámbito público precisa la defensa de la libertad de expresión y la garantía de que las opiniones circulen.
El respeto a este derecho implica una mayor tolerancia cuando los asuntos de los que trate sean de relevancia pública. Inclusive, entre el derecho al buen nombre y la expresión prima el segundo sobre el primero cuando trata de asuntos de alta importancia para la sociedad.
Como escribió el doctor en historia Gabriel Torres Puga, en su libro Opinión pública y censura en Nueva España: “Los expedientes revelan los momentos de fricciones y de malentendidos; el punto en que el lector se convierte en delincuente; el momento en que el conversador se vuelve un individuo peligroso”.
Para la historiadora del derecho Arlette Farge los expedientes judiciales dicen más de la percepción de las autoridades que de la conmoción y trascendencia de las opiniones expresadas en el debate público. El fallo de la Corte contra una opinión será recordado como otro desafortunado hecho de judicialización de la política.
A eso se refirió un editorial, al señalar que la tutela no puede convertirse en un instrumento censor, y que falla gravemente la Corte Suprema de Justicia al silenciar a Claudia López.
El hombre consigue la seguridad racional de estar en lo cierto en la medida que la opinión que defiende como verdadera lo sea sobre la base de que no ha sido refutada. No de que ha sido por él impuesta. Aprender del error es una cualidad del espíritu humano y lo falso debe ceder ante el hecho y el argumento. En otras palabras, los hechos son el fundamento estable del conocimiento.
Una sociedad no puede detener nada que pudiera dar luz en el establecimiento de la verdad. Los ciudadanos debemos acercarnos a ella en tanto en cuanto sea posible porque ella es funcional a la gestión de nuestra vida cotidiana.
La información sirve para que el ciudadano sea dueño de sus propias decisiones y respalde la deliberación y la crítica. Con la judicialización de la política y de la libertad de expresión, los poderosos no serán más que jueces de su propia certeza y blindarán con el sello judicial los intereses que representan. En nuestro caso los de una minoría con el poder a cuestas desde, por lo menos, medio siglo atrás.
Amaury Núñez | @AmauryNG
Judicializar la política y la opinión
Mié, 29/11/2017 - 03:29
Un fallo de tutela ordenó a la senadora Claudia López rectificar una opinión emitida contra Cambio Radical. Basada en el derecho al buen nombre, la Corte Suprema de Justicia dio plazo hasta el 23 d