La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia retomará la discusión sobre cuál debe ser el régimen procesal aplicable para el proceso penal que cursa contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por presunta manipulación de testigos.
Se espera que los magistrados se reúnan hacia las 9:00 de la mañana de este lunes 5 de octubre y tomen una decisión de fondo sobre este caso tras la decisión que tomó la jueza 30 de control de garantías de Bogotá.
Según Semana, la ponencia del magistrado Gerson Chaverra propone que la investigación por presunto soborno y fraude procesal continúe bajo las reglas de juego de la Ley 906 de 2004, es decir, el Sistema Penal Acusatorio, debido a que Uribe Vélez ya no es senador de la República.
A pesar de esto, el documento especifica que la medida privativa de la libertad en contra del exmandatario debe mantenerse, pues la justicia ordinaria debe, según él, seguir con el caso desde el momento procesal en el que fue remitido de la Corte Suprema de Justicia a la Fiscalía.
La Sala de Instrucción del alto tribunal determinó el pasado 3 de agosto que el expresidente Álvaro Uribe Vélez debía enfrentar su proceso en detención domiciliaria para que "no obstruyera la justicia". Con el expediente en la Fiscalía, su defensa pidió su libertad inmediata.
¿Por qué esta decisión quedó en manos de la Corte Suprema?
La jueza 30 de control de garantías remitió esta decisión a la Corte Suprema de Justicia el pasado 22 de septiembre luego de analizar los argumentos presentados por la representación de las víctimas, el delegado de la Fiscalía, el Ministerio Público y la defensa del exmandatario respecto a cuál debe ser el régimen procesal aplicable.
En la audiencia le dio la razón a la sustentación hecha por los apoderados del máximo líder del partido Centro Democrático, quien se encuentra en detención domiciliaria desde el pasado 3 de agosto. Según dijo, la norma por la cual debe continuar esta investigación es la Ley 906 de 2004 luego de que la Sala de Instrucción perdiera la competencia tras la renuncia de Uribe Vélez al Senado.
"Esta remisión que realizó la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia del caso a la Fiscalía General no implica un simple cambio de instructor sino por el contrario demanda la adaptación del procedimiento por el cual había tenido inicio esa actuación ahora a la Ley 906 de 2004. Desde esa perspectiva, se podrá advertir que la posición jurídica de esta funcionaria judicial es que se ostenta competencia legal como juez constitucional para proceder a resolver solicitudes como la elevada por parte de la defensa respecto a la libertad de Álvaro Uribe Vélez", mencionó.
A pesar de su posición, la jueza remitió el caso a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia para que sea ella quien defina si el proceso debe continuar bajo la Ley 600 o si por el contrario pasará bajo las reglas de juego de la Ley 906.
El abogado Oscar Sierra Fajardo explicó a KienyKe.com que este tema de la competencia en el proceso contra Álvaro Uribe deberá ser resuelto por la Corte Suprema de Justicia al tratarse de un conflicto de legislaciones y no de autoridades. Mencionó que así lo establece la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia para este tipo de casos.
"Así las cosas, resulta necesario esperar a que se fije nuevamente una fecha, ya en el escenario de la Sala Plena de la Corte Suprema, a fin de que esta decida sobre cuál es el régimen procedimental aplicable para que luego si se pueda entrar a analizar el tema de la libertad del expresidente Álvaro Uribe", indicó.