El juez Primero Penal Especializado del Circuito de Antioquia Jaime Herrera Niño tiene en sus manos una decisión que desde ya se sabe que causará polémica: en los próximos meses deberá emitir un fallo en el que condene o absuelva a Santiago Uribe Vélez, señalado de participar en la conformación del llamado grupo paramilitar Los Doce Apóstoles y de incidir en el crimen de Camilo Barrientos, un conductor de bus que fue asesinado en febrero de 1994 en el municipio de Yarumal.
Y es que el funcionario judicial no la tiene nada fácil. Por esa razón, agradeció a las partes el respeto que primó en las diferentes audiencias y les pidió tener paciencia mientras emite la ardua determinación, pues tiene que revisar detalladamente el voluminoso proceso que lleva más de 25 años, en los que diez fueron dedicados a investigaciones y cuatro a debatir en juicio.
El juez deberá analizar el denso acervo probatorio que contiene 200 folios y 45 cuadernos principales, además volverá a escuchar el relato de los diferentes testigos y las intervenciones hechas por la Fiscalía, Ministerio Público, representante de víctimas y de la defensa liderada por el abogado Jaime Granados, quien se tardó más de cuatro días en sus alegatos finales.
“No es un caso fácil, pero pondré lo mejor de mí para que este fallo pueda proferirse en el menor tiempo posible. Ustedes me preguntan que cuándo tendré una decisión pero yo la verdad ahora no tengo una respuesta. Yo creo que podría estar en unos cuatro meses, sin embargo, les informaré oportunamente si el tiempo es menor o mayor. Yo sé la importancia que tiene este proceso y afortunadamente este ya está llegando a su fin después de tanto tiempo. Proferiremos la sentencia que en derecho corresponda”, manifestó.
Los alegatos de la defensa
El juicio de Santiago Uribe terminó hacia las 11:15 de este miércoles 10 de febrero. En la audiencia, el abogado Jaime Granados presentó, en 40 puntos, las conclusiones generales de los alegatos finales que buscan la absolución de su cliente acusado de concierto para delinquir y homicidio, de los cuales resaltó que no son considerados como delitos de lesa humanidad y por lo tanto no son imprescriptibles.
Según dijo, la defensa pudo demostrar los errores comunes que cometieron los acusadores - Fiscalía y Ministerio Público- respecto a la valoración de la prueba a la luz de la Ley 600 del 2000, por la cual se sigue el caso, y aseguró que el juicio no fue un escenario en el que se fortaleció la acusación sino en el que se demostraron las falencias y los vacíos en los testimonios en contra del reconocido ganadero.
Granados aseguró que las declaraciones de Alexander Amaya y el exmayor de la Policía Juan Carlos Meneses, los principales testigos, deben desecharse y no ser consideradas como pruebas contundentes para condenar a Santiago Uribe Vélez porque son “mentirosas y torcidas”.
“En el juicio se mostró que Alexander Amaya no es testigo de nada, pues nunca pudo dar cuenta de la fuente de su conocimiento de estos hechos, también se mostró el récord de mentiras y el interés que tenía para obtener beneficios. En el caso de Juan Carlos Meneses, desde el comienzo quedó clara su sospechosa llegada al proceso, su show mediático y trasfondo político. Quedó fijado que lo que quería era sindicar falsamente a Santiago Uribe Vélez”, mencionó.
El defensor insistió en que Eunicio Pineda Luján, quien aseguró que Uribe Vélez sí tuvo relación con Los Doce Apóstoles, padece de una enfermedad mental y que por esa razón su testimonio no puede ser tenido en cuenta.
- También le puede interesar: Gustavo Petro fue citado a declarar en proceso contra Álvaro Uribe
“Eunicio Pineda no tiene una mente sana, su percepción está distorsionada. Y en el juicio se demostró un patrón de conducta de que él suele denunciar falsamente en distintas regiones, en el contexto de que hay hombres armados que lo buscan, lo persiguen y que logra, de manera increíble, escapar. Se demostró que en esos contextos, Eunicio cambiaba los hechos y los modificaba en virtud de su situación particular”, señaló.
Granados resaltó que en las diligencias se mostró de manera clara que ninguno de los testigos llamados indirectos superaron los requisitos establecidos por la jurisprudencia para permitir ser aceptados en vigencia de la Ley 600 del 2000. Asimismo, indicó que llama la atención que todos los testimonios aparecieron justo después de la declaración que entregó Santiago Uribe y su detención.
“Se demostró que esas declaraciones tienen la particularidad de aparecer todas después de la declaración de Santiago Uribe y su detención, especialmente después de todo el show mediático al que se ha llevado y por personas encarceladas y extraditadas, la mayoría de ellos por su hermano Álvaro Uribe Vélez”, sostuvo.
Por último, el abogado Jaime Granados mencionó que se pudo establecer quiénes fueron los verdaderos perpetradores del homicidio de Camilo Barrientos y los móviles que tuvieron. Y afirmó que en el proceso se confirmó la ajenidad de Santiago Uribe en este crimen, argumento que fue apoyado por el Ministerio Público el cual pidió su absolución en este caso concreto.
“Hay una absoluta orfandad probatoria en la corroboración de los testimonios para condenar a Santiago Uribe. No hay elementos de prueba que permitan acreditar que él fue líder de un aparato organizado de poder, ni que tampoco haya tenido dolo directo en estos actos (...) Utilizar lo sucedido es instrumentalizar a las víctimas y el proceso judicial para perseguir fines innobles”, expresó.