Fiscalía archivó denuncia por caso de censura a Los Puros Criollos

Vie, 10/09/2021 - 16:28
La Fiscalía archivó la denuncia del exgerente de RTVC contra la exdirectora de Señal Colombia.

La Fiscalía General de la Nación archivó la denuncia que presentó el exgerente del Sistema de Medios Públicos (RTVC), Juan Pablo Bieri, contra la exdirectora de Señal Colombia, Diana Marcela Díaz Soto, por publicar las grabaciones de una reunión en la que Bieri estaría censurando el programa ‘Los Puros Criollos’.

El exgerente había presentado la demanda contra Díaz Soto por los delitos de revelación de secreto, utilización de asunto sometido a reserva y utilización indebida de información oficial privilegiada.

De acuerdo a lo establecido por Juan Pablo Bieri, “Marcela Díaz quebrantó su contrato de trabajo al revelar los asuntos de interés que se adelantaron en la oficina privada del Gerente de RTVC”.

La decisión del ente investigador de archivar la denuncia se dio porque “hasta el momento no es posible establecer que la señora Diana Marcela Díaz Soto haya utilizado la información obtenida en la reunión en beneficio propio o de un tercero”. 

Adicionalmente, la Fiscalía destacó que, aunque se pudo establecer que Díaz fue la persona que grabó dicha reunión, no fue quien la divulgó ante los diferentes medios de comunicación.

Por otra parte, la Fiscalía General de la Nación aseguró que los argumentos de la denuncia presentada por Juan Pablo Bieri no son congruentes, pues “la información de la reunión del 6 de diciembre de 2018 fue pública desde el día en que se llevó a cabo la misma, y no precisamente por la indiciada, sino por terceras personas”.

El ente acusador señaló que uno de los divulgadores fue el periodista Santiago Rivas, para quien, “era un acto de censura por haber participado en el programa La Pulla, emitido el 6 de diciembre de 2018, y en donde manifestó su desacuerdo a la denominada Ley MinTic”.

A manera de conclusión, el ente investigador expresó que, “no le es permitido a esta delegada establecer la existencia de una conducta típica objetivamente, no quedando otro camino jurídico que archivar provisionalmente la indagación por atipicidad de la conducta”. 

Sin embargo, “se hace la salvedad que, de surgir nuevos elementos probatorios, la indagación se reanudara de manera inmediata mientras no se haya extinguido la acción penal”, finalizó la Fiscalía General de la Nación. 

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