La legalización del aborto en Argentina hasta la semana 14 revivió el debate sobre la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en Colombia más allá de las tres causales establecidas en 2006 por la sentencia C-355 de la Corte Constitucional, que lo permite solo cuando hay malformación del feto, problemas de salud física o mental de la mujer y/o violación.
Y es que han sido varias las veces en las que se ha intentado eliminar este delito de manera definitiva para convertirlo en un derecho en el sistema de salud, con el argumento de que de esta forma las mujeres tendrán la posibilidad de decidir sobre su cuerpo y se evitarán muertes por este tipo de procedimientos que se hacen de manera clandestina.
También hay quienes han presentado sus iniciativas para volverlo a penalizar en todas sus formas. En marzo del 2020 la Corte Constitucional dejó intactas las reglas sobre el aborto después de analizar las demandas presentadas por la abogada Natalia Bernal Cano; una de ellas contra el Código Civil, que dice que los derechos se adquieren al nacer, y otra en contra del Código Penal, el cual tipifica el delito.
A pesar de la expectativa que se generó en ese momento, el alto tribunal constitucional decidió no pronunciarse frente a la ponencia que presentó el magistrado Alejandro Linares, la cual tenía una idea contraria a la de la abogada Bernal Cano: despenalizar el aborto totalmente hasta las primeras 12 semanas de gestación y después que entraran a operar las causales establecidas en la sentencia C-355.
Demanda de Causa Justa y los pasos que ha dado
En septiembre del año pasado el Movimiento Causa Justa, conformado por más de 90 organizaciones y más de 134 activistas a nivel nacional, interpuso una demanda ante la Corte Constitucional para que se deje de criminalizar el aborto en Colombia. En octubre, el alto tribunal emitió un auto admisorio, y en noviembre solicitó los diferentes conceptos por parte de instituciones y expertos para emitir una decisión de fondo frente a la petición.
Aura Carolina Cuasapud, asesora jurídica de “Católicas por el derecho a decidir”, explicó a KienyKe.com que la demanda presentada ante el alto tribunal versa sobre seis cargos de inconstitucionalidad que argumentan el porqué se debe eliminar de manera definitiva el artículo 122 del Código Penal.
El primer cargo es sobre la violación del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo; el segundo, sobre la violación del derecho a la salud de las mujeres; el tercero, sobre la violación del derecho a la libertad de profesión u oficio del personal de salud; el cuarto, sobre la violación del derecho a la igualdad de las mujeres migrantes; el quinto, sobre la violación del derecho a la libertad de consciencia y el principio de Estado laico; y el sexto, sobre la violación de los principios constitucionales del derecho penal.
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Para el Movimiento Causa Justa, la existencia de este tipo penal es la principal barrera que impide que las mujeres y adolescentes, sobretodo aquellas en situaciones de vulnerabilidad, opten por una Interrupción Voluntaria del Embarazo incluso estando entre las tres causales autorizadas por la sentencia C-355 de 2006.
Asegura que esto ocurre porque el hecho de que el aborto sea un delito es generador de estigma y el estigma no distingue entre lo que está permitido o no por la ley, sino que “lo permea todo afectando de muchas formas la prestación de aquello que es legal y un derecho fundamental”.
En la demanda presentada por esta agrupación ante la Corte Constitucional también se indica que actualmente solo se protege la salud de las mujeres que están en las causales y que logran superar todas las barreras estructurales de acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, pero “las demás deben exponerse a abortos inseguros debido a la penalización, generándose desigualdades injustificadas entre mujeres”.
Finalmente, resalta que los estudios demuestran que el delito de aborto es “ineficaz y dañino”, pues no evita esta conducta sino que fomenta su realización en condiciones inseguras que “aumentan los índices de mortalidad y generan grandes costos al sistema de salud”.
“Con estos argumentos le decimos a la Corte Constitucional que la existencia del aborto como delito está vulnerando todos estos derechos. El Movimiento Causa Justa reconoce los avances de la sentencia C-355 de 2006, pero tiene en cuenta que 14 años después de que la Corte Constitucional despenalizó el aborto bajo este sistema de causales se siguen presentando barreras de tipo institucional y social que le impiden a las mujeres ejercer de manera libre y autónoma su derecho a la interrupción voluntaria del embarazo”, señaló Aura Carolina Cuasapud.
Respecto a cómo va la demanda, la asesora jurídica indicó que el alto tribunal constitucional ya recibió las intervenciones de las diferentes instituciones y de expertos y expertas nacionales e internacionales para analizar y emitir una decisión final sobre la solicitud.
“Por el momento seguimos esperando que el magistrado Antonio Lizarazo tenga en cuenta todos los argumentos e intervenciones que han llegado a su despacho. Y esperamos que este año, a mediados de mayo, ya tengamos una respuesta de la Corte Constitucional frente a la demanda. Confiamos en que esta sea una respuesta muy en tono a las necesidades de las mujeres y de sus derechos fundamentales”, finalizó.