Cientos de empresas en Colombia tienen que luchar diariamente con factores externos como el precio del petróleo, el incremento de la inflación y la tasa de cambio, que afectan de manera directa su estabilidad financiera, viéndose obligadas a buscar opciones que les permitan preservar su viabilidad y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias a pesar de tener deudas vencidas.
Para estas entidades, existe una alternativa jurídica llamada ‘Ley de Insolvencia’, tema central del foro desarrollado por la Asociación para el Progreso de la Dirección –APD- junto a la firma internacional Garrigues que reunió a expertos en la materia.
“Los acuerdos de insolvencia tienen ventajas muy importantes. Tanto para el acreedor, porque recupera sus recursos con la vigilancia de un juez de concurso como la Superintendencia de Sociedades; como para el deudor, que contará con herramientas para reestructurar sus obligaciones en tiempo y forma” explica el analista experto en banca de inversión y panelista del evento, Mauricio Toro.
Existen casos en los cuales las acreencias alcanzan a representar más del 10% de sus pasivos totales y superan los 90 días para pagos, este es uno de los principales requisitos para acogerse al proceso de reestructuración que plantea esta norma.
La ventaja es que todos los acreedores deben acudir obligatoriamente al trámite y escuchar la propuesta de pago del deudor. Durante el periodo de conciliación, cesan los procesos judiciales contra el deudor y se suspende el cobro de cualquier tipo de interés, cuotas de administración y otros cobros.
De la misma forma, la Ley 1120 de 206 establece que los activos productivos no podrán ser embargados mientras se posibilita que el deudor ofrezca todo tipo de intercambio de activos como parte de pago.
¿Cómo quedan las obligaciones tributarias?
Uno de los ‘dolores de cabeza’ de los empresarios a la hora de tomar la decisión de declararse insolventes, son sus obligaciones tributarias que deben ser declaradas y canceladas a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN.
De acuerdo con el analista Mauricio Toro, esto funciona igual que con los otros acreedores y “en la medida en que uno les presente una solución profesional y que se demuestre que la compañía es viable en el tiempo, ellos van siempre a acompañar generalmente los acuerdos”.
Dentro del proceso, aquellas obligaciones causadas hasta la fecha de los acuerdos, siempre y cuando no sean retenciones, van dentro de lo pactado; mientras las retenciones como ReteICA y retefuente, deben honrarse o suscribirse acuerdos de pagos dentro de la organización para poder reestructurar las obligaciones.
La insolvencia como oportunidad empresarial.
En los años 90`s el panorama económico que presentaba nuestro país era desfavorable financieramente para varias compañías, trayendo como consecuencia que un número considerable de ellas iniciaran procesos de liquidación, entre ellas la reconocida empresa Alquería.
Jaime I. Gómez, director de Operaciones de la entidad, cuenta que entre los años 1.998 – 1.999 se vieron avocados a una crisis financiera que encontró soluciones al acogerse a la Ley 550 en aquella época, posteriormente reemplazada por la Ley 1.116 de 2.006.
“Hoy el diagnóstico de la compañía es completamente positivo, pero en el proceso tuvimos que identificar debilidades y aprender a mejorar en temas como el gobierno corporativo y estructurar bien las finanzas” señala el empresario, al recordar que la colaboración de los empleados, los proveedores, los ganaderos y los clientes, fue fundamental para salir adelante.
¿Cómo recuperar su empresa en tiempos de crisis?
Sáb, 11/06/2016 - 03:46
Cientos de empresas en Colombia tienen que luchar diariamente con factores externos como el precio del petróleo, el incremento de la inflación y la tasa de cambio, que afectan de manera directa su e