La Sala Plena de la Corte Constitucional avaló la votación que se dio en el Congreso en el 2017 para otorgarle 16 curules a las víctimas del conflicto armado colombiano al considerar que si se presentó una mayoría a favor del proyecto.
La Corte falló a favor la tutela que presentó el senador Roy Barreras, autor del proyecto de ley en el Congreso que otorga las curules en el marco del cumplimiento del los acuerdos de paz firmados entre el Gobierno colombiano y las Farc.
Tras el fallo favorable en el alto tribunal constitucional se da viabilidad a la creación de 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la Cámara de Representantes para los periodos 2022-2026 y 2026-2030, teniendo en cuenta que se trata de medida de satisfacción como componente de la reparación integral de las víctimas.
A su vez la Corte ordenó que se hagan los ajustes necesarios en el calendario electoral y se disponga todo lo necesario para la elección del próximo 13 de marzo.
La reglamentación de dichas curules estuvo en manos del Congreso de la República en 2017, durante la etapa de conciliación, obtuvo 50 votos en favor de su aprobación y 7 en contra -cuando el proyecto debía contar con mayoría absoluta, es decir 52 votos-, por tal razón se hundió.
En ese momento había tres congresistas inhabilitados para votar por tener líos con la justicia y que se encontraban en la cárcel: Bernardo Miguel Elías, Musa Besaile y Martín Morales Diaz. Hoy, la Corte se basó en el fallo que definió la manera en que se debían contabilizar las mayorías en el Congreso, ese fallo señaló que para hacer el cálculo de las mayorías se debía descontar el número de integrantes de las "sillas vacías" y los impedimentos aceptados.
Es del caso recordar que esta reforma constitucional se deriva de lo dispuesto en el punto 2.3.6 del Acuerdo Final de Paz que prevé:
"En el marco del fin del conflicto y con el objetivo de garantizar una mejor integración en zonas especialmente afectadas por el conflicto, el abandono y la débil presencia institucional, y una mayor inclusión y representación política de estas poblaciones y sus derechos políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales, y también como medida de reparación y de construcción de paz, el Gobierno Nacional se compromete a crear en estas zonas un total de 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la elección de un total de 16 Representantes a la Cámara de Representantes, de manera temporal y por dos periodos electorales".
Esta medida del Acuerdo Final se tomó con el objetivo de lograr una mejor integración en zonas especialmente afectadas por el conflicto y la débil presencia institucional, y como medida de reparación y de construcción de paz, el Gobierno Nacional se obliga a crear en estas zonas un número total de dieciséis Circunscripciones Transitorias Especiales para la Paz, para la elección total de un número total de 16 Representantes a la Cámara de Representantes, de manera temporal y por dos periodos electorales.
Esta reforma constitucional constituye una medida de acción afirmativa en favor de los territorios que han sufrido con mayor rigor los efectos de la guerra y del abandono estatal, de tal suerte que tendrán asegurada una representación en el órgano legislativo, por el término de ocho años, con lo cual, no solo se garantiza el dinamismo del pluralismo político, sino además la efectiva participación territorial en el Congreso de la República, específicamente en la Cámara de Representantes.
Adicional a esto, esta reforma da prioridad de participación a la Colombia Rural por cuanto se excluye la votación de las cabeceras municipales de estos 169 municipios y excluye la también la posibilidad de postulación a los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica, incluyendo el Partido Comunes.
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La curules de paz están dirigidas para las víctimas y representantes de comunidades del Chocó, Cauca, Nariño, Catatumbo, Guaviare y Urabá.
Las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz contarán con reglas especiales para la inscripción y elección de candidatos. Las campañas tendrán financiación estatal especial y acceso a medios regionales. Se desarrollarán mecanismos especiales de acompañamiento para asegurar la transparencia del proceso electoral y la libertad del voto del electorado.
Los candidatos solo pueden ser inscritos por organizaciones de víctimas, organizaciones campesinas u organizaciones sociales, incluyendo las de mujeres y grupos significativos de ciudadanos. También podrán inscribir candidatos los Consejos Comunitarios, los Resguardos, las comunidades indígenas cuando la circunscripción coincida con territorios étnicos.
"Este triunfo es para las 9 millones de víctimas del conflicto tantas veces negadas y revictimizadas. Gracias Corte Constitucional! Han valido la pena estos 4 años de lucha en la defensa del Acuerdo de Paz", expresó el senador Roy Barreras.