¿Tiene futuro la demanda para prohibir el aborto?

Vie, 25/10/2019 - 13:07
En Colombia la despenalización del aborto fue implementada por la Corte Constitucional bajo tres causales a través de la
En Colombia la despenalización del aborto fue implementada por la Corte Constitucional bajo tres causales a través de la sentencia C-355 del 2006. Sin embargo, una abogada que argumenta tener nuevos detalles científicos con una demanda pretende que esta práctica vuelva a estar prohibida.  La polémica sobre este tema volvió a tener atención nacional por un fallo del alto tribunal que le solicita al Ministerio de Salud que regule el aborto asistido para que no se presenten barreras en el acceso al servicio por parte de las mujeres que desean interrumpir su embarazo.  [single-related post_id="1202970"] Para la abogada constitucionalista, Natalia Bernal, que presentó la demanda, hay nuevas pruebas científicas que comprueban que "niños prematuros, de 22, 23 y 24 semanas son sensibles al dolor y tienen extremidades y órganos completos, y pudieron sobrevivir en las incubadoras”.  Si bien la Corte aceptó la demanda, la cual se encuentra mediante estudio, para Cristina Rosero asesora legal del Centro de Derechos Reproductivos (CRR), no hay futuro en esa acción legal pues para que el tribunal cambié su posición, "se necesitaría mostrar argumentos de tipo jurídico, y lo que vemos en esa demanda es que ella presenta argumentos científicos, los cuales no son suficientes y no tienen suficiente peso", explicó la experta en derechos reproductivos de la mujer. Para Rosero el tema de la interrupción del embarazo en las tres causales "está más que claro en el Corte y lleva 13 años y después de esa primera decisión hay 20 posteriores que han reforzado el despenalizar el aborto en Colombia".  Sobre la demanda, comenta que ya hay una posición tomada en base a la Constitución y que "la abogada puede presentar argumentos científicos basados en algún tipo de estudio pero no para cambiar la una decisión judicial".  Bernal en su demanda cuestiona los artículos 90, 91 y 93 del Código Civil que plantean que solo hay vida después del nacimiento. “Encontré pruebas de nacimientos de niños prematuros, de 22, 23 y 24 semanas y ahí me di cuenta que son sensibles al dolor y tienen extremidades y órganos completos, y pudieron sobrevivir en las incubadoras”, le comentó a Red+.  Además pide que se retiren los procesos abortivos del sistema de salud “por los daños innumerables en salud física y mental de la mujer".  Ante esa afirmación, para la asesora legal del Centro de Derechos Reproductivos, "no está comprobado lo que ella dice, no hay un consensos científicos que demuestren esas afectaciones en la mujer".  Y agregó que "todos los comités de protección mundial aceptan que el acceso legal del aborto seguro debe estar protegido por los Estados. Las prohibiciones totales del aborto obligan a la mujeres a recurrir a un aborto clandestino lo que la pone en riesgo su vida".  Por último para la abogada Cristina Rosero, "pueden existir posiciones personales sobre el aborto pero no significa que la ley cambie, la ley es clara y el derecho reconocido. Así como hay mujeres que quieren llevar su embarazo ante las tres causales y deben ser protegidas en su salud, también se les debe garantizar la salud a quienes quieren interrumpir la gestación".  Estas son las tres causales para abortar en Colombia:  [caption id="attachment_1202993" align="aligncenter" width="617"] fundacionsimujer.org[/caption]
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