En 2018 el tema del aborto en Colombia sigue siendo noticia, esta vez porque la magistrada Cristina Pardo propuso limitarlo a las 24 semanas de gestación respondiendo a las tres causales que están aprobadas en el país.
Los magistrados de la Corte Constitucional colombiana votaron 6 a 3 determinando que según la jurisprudencia de la Corte en el año 2006 que aprueba el aborto con ciertos casos permitidos para la interrupción voluntaria se realizará sin límite de tiempo.
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Esta decisión se tomó teniendo en cuenta que al establecer la barrera de 24 semanas sería un tema que le correspondiera al Congreso de la República, entonces se dio el exhorto legislativo para regular el aborto y si habría algún tipo de plazo en su práctica.
El magistrado Alejandro Linares afirmó, “La Corte pretende no limitar el derecho que tienen las mujeres dentro de las tres causales establecidas por la jurisprudencia constitucional”.
Vale recordar que las tres causales permitidas por la ley son, cuando el feto es fruto de una violación o incesto, cuando afecta física o mentalmente la salud de la mujer o cuando el feto posee algún tipo de malformación.
Como punto de la agenda tratada se habló de la revisión de la tutela concedida a una mujer de 33 años de edad, mediante una medida cautelar, se le permitió recurrir al aborto por una posible malformación en el feto, ya que podría presentar trastorno psicomotor, endocrino, óptico y olfatorio, y que de hecho, nacería sin el sentido de la vista. La Corte consideró que en este caso se presentaron obstáculos para que la mujer accediera a su derecho, presentándose una forma de violencia y que es cuestionable el tipo de "barreras" administrativas que existen en el sector de la salud colombiana. [single-related post_id="963735"] "La insistencia de barreras de protección 12 años después de una sentencia que es clara sigue siendo un gran problema y eso conspira con la convención de la eliminación de todas las formas de violencia contra la mujer y esta es una de esas", indicó el magistrado José Fernando Reyes Cuartas.Claves de la sentencia SU-095 de 2018. Caso de interrupción voluntaria del embarazo pic.twitter.com/WWSMEAeCUB
— Corte Constitucional (@CConstitucional) 18 de octubre de 2018