Alejandro Toro

Conferencista y defensor de derechos humanos en Colombia. En la actualidad Representante a la Cámara del departamento de Antioquia por el Pacto Histórico, período 2022-2026. ​​​​

Alejandro Toro

Los 12 apóstoles del paramilitarismo y la impunidad de Uribe

Desde hace años el país se ha estremecido con la acción del paramilitarismo, pero aún más con la lentitud en la investigación, acción y judicialización por parte de los entes investigativos y acusatorios del Estado, a pesar de las pruebas que se tienen, algunos casos pasan de agache y a pesar del tiempo no pasa nada. Este año, gracias a la JEP y a las personas que han decidido aportar a la verdad, hemos confirmado lo que por años se ha denunciado, empezando por el presidente Gustavo Petro y fue la acción criminal del paramilitarismo en diferentes regiones de Colombia.

Pero hay un caso apabullantemente lento, el conocido como el de los ‘Doce Apóstoles’ grupo armado que operó en Antioquia del que presuntamente participó Santiago Uribe, hermano del expresidente Uribe, testimonios de ex paramilitares, ex policías y trabajadores de finca han referido a los supuestos vínculos de este hombre con esa organización delictiva.

Uribe Vélez ha sido investigado por la Fiscalía General de la Nación durante un período de 26 años, por los presuntos delitos de concierto para delinquir agravado y el homicidio agravado de Camilo Barrientos, asesinado por el grupo paramilitar. Delitos que fueron prescritos y reactivados en el año 2010, debido a que los delitos cometidos por el grupo de ‘limpieza social’ fueron declarados como crímenes de lesa humanidad. Hoy en día el acusado se encuentra en manos del Juzgado Penal del Circuito Especializado de Antioquia, Sin embargo, 2 años después de la finalización de audiencias del juicio en primera instancia no se ha pronunciado fallo.

¿Qué pasa entonces con la justicia en Colombia? Definitivamente, ¿es para los de ruana como se dice popularmente? O la pregunta mejor sería: ¿En qué beneficia al acusado la dilatación del fallo? Es que recordemos que hace 5 años ya obtuvo una medida de aseguramiento no privativa de la libertad pagando 30 salarios mininos con ocasión a vencimiento de términos.

¿Entonces será qué tal y como lo logro en el año 2018 piensan repetir la fórmula? Estas situaciones dejan en evidencia la negligencia del aparato judicial y la vulneración al artículo 29 de la constitución política, que establece el debido proceso que se debe aplicar a las actuaciones judiciales, sin dilataciones injustificadas ¿Cuál ha sido la excusa del juez Jaime Herrera Niño para emitir fallo? Con el volumen de los cuadernos y discos que hacen parte del acervo probatorio y carga laboral que se tienen podría perfectamente haber emitido un fallo.

Parece que en el sistema penal colombiano la cárcel es para los pobres y la libertad para los ricos que pueden comprarla y dilatarla.

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