
En el entorno laboral es común sufrir accidentes o enfermedades laborales. Aunque estos dos conceptos se presentan en el mismo lugar, es importante diferenciarlos y conocer cuál es el procedimiento adecuado para reportarlos.
Kienyke.com consultó a Mario Herrera, docente de derecho comercial y laboral de la universidad Politécnico Grancolombiano, para conocer los aspectos que se deben tener en cuenta acerca de una enfermedad laboral.
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Herrera explicó que, la enfermedad laboral es un concepto derivado del Sistema General de Riesgos Laborales. Y añadió,"la enfermedad laboral es de carácter transitorio o permanente y se da como consecuencia directa del desarrollo continuo de las labores cotidianas que desempeña el trabajador".
A diferencia de la enfermedad, un accidente es el suceso súbito que provoca una lesión al trabajador.
Ahora bien, como este riesgo se presenta en un espacio laboral, el empleador tiene obligaciones frente a este aspecto.
"Hay que tener claridad que a partir de la promulgación del Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015, es obligación de todos los empleadores implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) de manera integral", señala el docente.
Aunque el docente aclara que existen once obligaciones generales que se contemplan en el artículo 2.2.4.6.8 de ese decreto.
¿Cómo reportar un enfermedad laboral?
Para reportar la enfermedad de manera correcta, el empleado debe:- Asistir al médico donde señale la existencia de una “posible enfermedad laboral”.
- Informar al empleador, para que éste la reporte a la EPS y a la ARL donde se encuentre afiliado el trabajador. Esto se realiza con el fin de adelantar trámites de evaluación y valoración médica ocupacional.
Aspectos a considerar por parte del trabajador
El docente expone lo siguiente:- Desde el momento en que la EPS entregue el dictamen al trabajador, éste contará con dos (2) días hábiles para informar al empleador sobre la posible enfermedad laboral que padece.
- El empleador a su vez también contará con dos (2) días hábiles luego de la entrega del informe para informar a la ARL y a la EPS.
- Resulta de gran utilidad solicitar la copia de la historia clínica, así como todas y cada una de las incapacidades relacionadas enfermedad laboral que el trabajador padece.
- Si así lo amerita la situación se debe aportar el examen médico preocupacional de ingreso.
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