Tras librar una batalla jurídica, Martha Sepúlveda, murió luego de recibir la eutanasia en la mañana del 8 de enero. Esto se dió luego de que un juez de Medellín ordenara la IPS Incodol realizar el procedimiento.
Sin embargo, se conoció que la entidad prestadora de servicios se había negado en repetidas ocasiones a realizar la eutanasia a Martha, luego del fallo de un juez, se notificó a la familia de la paciente para que escogieran el día en el que ella moriría.
Luego de su muerte los familiares darán a conocer unos videos de despedida por parte de Martha, quien por mucho tiempo batalló con una enfermedad a la que quería dar fin teniendo una muerte digna.
Cabe recordar que padeció Esclerosis Lateral Amiotrófica, ELA durante años. No es una enfermedad terminal, pero si incurable, que incluso proporcionaba un dolor agudo, lo cual con el tiempo afectó directamente su calidad de vida.
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La pelea de Martha por su eutanasia
Estaba previsto que Martha Sepúlveda, de 51 años y quien padece una Esclerosis Lateral, falleciera voluntariamente el pasado domingo 10 de octubre a las 7 am luego de un largo proceso con su EPS para que se le practicara la eutanasia. No obstante, el sábado 9 de octubre fue cancelado dicho procedimiento debido a una nueva revisión de su caso.
Así lo anunció el Instituto Colombiano del Dolor (Incodol), el centro médico ubicado en la ciudad de Medellín y en donde se iba a realizar el procedimiento.
A través de un comunicado Incodol determinó la cancelación y explicó los motivos de la decisión un día antes de la fecha asignada para el procedimiento.
“Según reunión en la cual se revisó y analizó de nuevo de forma amplia y suficiente la solicitud de la señora Martha Liria Sepúlveda, concluyó de manera unánime cancelar el procedimiento a morir con dignidad a través de eutanasia, programado para el día 10 de octubre de 2021″.
En ese sentido, la institución aseguró que un comité de especialistas decidió retractarse de lo que había definido anteriormente, de acuerdo al numeral 26.6 del artículo 26 de la Resolución 971 de 2021 del Ministerio de Salud.
“Es por eso que, al contar con un concepto actualizado del estado de salud y evolución de la paciente, se define que no se cumple con el criterio de terminalidad como se había considerado en el primer comité”, detalló Incodol.
Cabe recordar que durante el mes de julio la Corte Constitucional abrió la posibilidad para que pacientes con enfermedades no terminales accedan a la eutanasia. De esa manera, antes de este sábado Martha Sepúlveda sería la primera paciente no terminal en Colombia en someterse al procedimiento.
Luego de la dura pelea de Martha y su familia, logró lo que quería, tener una muerte digna, en la que ella eligiera la fecha y no esperar a que su enfermedad siguiera deteriorando su salud.