Este martes, durante la sanción presidencial de la ley de cadena perpetua para violadores y asesinos de menores, los asistentes en la Casa de Nariño se llevaron un gran susto después del desmayo de la maestra de ceremonias.
En medio del discurso del presidente Iván Duque en el que mencionaba la importancia de la aprobación de esta ley para el país, se escuchó un fuerte golpe que hizo que el mandatario detuviera su intervención para atender la situación.
Además del presidente, algunos altos funcionarios como el ministro del Interior, Daniel Palacios, y otros asistentes al evento corrieron a socorrer a la mujer. La transmisión fue interrumpida inmediatamente.
Al rededor de cinco minutos después, la transmisión fue retomada, siendo esta vez la integrante del equipo de prensa de la Presidencia, Daliana Garzón, la encargada de abrir nuevamente el evento. La joven recibió la respectiva atención médica.
"Esperamos que este incidente de salud de nuestra compañera sea resuelto rápidamente. Nuestra solidaridad y apoyo", expresó el jefe de Estado luego de atender la emergencia.
En el evento, Iván Duque firmó la Ley Gilma Jiménez, la cual reglamenta la aplicación de la cadena perpetua a violadores y asesinos de menores.
"Frente a esto no hay nadie en este país que pueda estar por encima de esos derechos (de los niños, niñas y adolescentes). Hoy Colombia da este paso trascendental", sentenció Duque.
Asimismo aseguró que esta ley será divulgada y promovida por lo que "hay que hacer una gran pedagogía en este país para prevenir estos delitos, facilitar las denuncias de particulares, hay que facilitar la capacidad de advertir estos hechos", aseveró.
Continuando con esta línea, el primer mandatario anunció que se fortalecerá la policía de Infancia y Adolescencia. "Junto al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar estará identificado casos más allá de las denuncias que se puedan presentar", enfatizó.
La Ley Gilma Jiménez define cuáles serán los agravantes por los cuales se aplicará la pena máxima de cadena perpetua. Entre estos se encuentra que la víctima sea menor de 14 años, que esté en estado de indefensa o vulnerabilidad, que el victimario sea familiar o esté a cargo de la víctima y que el hecho sea deliberado, es decir que se haya realizado con el propósito de ejercer control social o temor en el menor.
Asimismo, establece que el sentenciado deberá cumplir como mínimo 25 años de prisión para obtener el derecho a la revisión de su pena.