El Ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, presentó los nuevos lineamientos para los casos de aislamiento y las incapacidades por covid-19. Las declaraciones del jefe de cartera las dio en un webinar organizado por Fenalco.
En la intervención, el ministro Cabrera presentó la expedición de la circular 003 de 2022, con la que se modifican los temas de incapacidades por el contagio del virus en el país.
En el apartado se aclaró que el médico debe otorgar al paciente una incapacidad que ordene el aislamiento de siete días, los dos primeros los pagará el empleador y los siguientes la EPS en la que está afiliado el trabajador.
La circular 003 y 004 expedidas por el Ministerio de Salud y el Ministerio de Trabajo regularán de manera conjunta las directrices que deben tomar empleadores y trabajadores respecto al aislamiento y las incapacidades por covid-19.
Estas medidas se dan como consecuencia de la cuarta ola de contagios que afronta el país, la pandemia que tiene como predominante a la variante ómicron preocupa a las entidades gubernamentales frente a las consecuencias que trae la propagación del virus.
Las autoridades sanitarias y de trabajo han definido las medidas para que se determine si la persona debe tener aislamiento. En estos casos, las personas que presenten sintomatologías deberán cumplir con aislamiento de siete días y para cumplir con este requerimiento no será necesario la toma de una prueba diagnóstica.
Por otro lado, las personas que no presentan síntomas pero que hayan tenido contacto con un caso confirmado y el esquema de vacunación esté incompleto deberá cumplir con el periodo de aislamiento.
¿Cómo se expedirá el certificado de aislamiento o incapacidad por covid-19?
El Ministro de Trabajo finalizó puntualizando que es obligatorio que se cumpla el aislamiento en dichos casos y tanto el empleador como el trabajador deben asumir la responsabilidad.
La expedición del certificado de aislamiento o incapacidad serán entregados al criterio médico que determine la incapacidad temporal sin necesidad de la toma de pruebas. Sin embargo, hay situaciones en las que el trabajador no puede realizar trabajo remoto, en estos casos, el médico debe ordenar una prueba covid-19 para determinar si puede retornar a las actividades o no.