¿En qué consiste el auxilio funerario en Bogotá?

Vie, 31/07/2020 - 08:15
El Distrito ofrece un auxilio funerario completo para personas que fallezcan en condición de vulnerabilidad.
Créditos:
Pixabay

La Secretaría Distrital de Integración Social cubre el servicio funerario completo de personas en condición de vulnerabilidad. Esto con el propósito de dignificar a la población de escasos recursos que reside en Bogotá. 

Este programa de subsidios, liderado por la Secretaría de Integración Social, lo desarrolla el equipo de Enlace Social de la Subdirección de Identificación, Caracterización e Integración, el cual se encarga de verificar la entidad y caracterizar a la población en condición de vulnerabilidad que solicita el auxilio, para que posteriormente la Funeraria Montesacro preste el servicio completo.

“Hablar de la muerte nunca será un tema sencillo y menos en medio de la pandemia por COVID-19. La Secretaría Distrital de Integración Social cuenta con un auxilio para acompañar ese momento en condiciones de dignidad para el entorno de esa persona que partió. La invitación es a que se comuniquen con nosotros si conocen alguna situación que amerite una respuesta a través de este auxilio funerario”, señaló la Secretaria de Integración Social, Xinia Navarro.

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¿Cómo acceder al subsidio?

Para poder acceder al auxilio, el ciudadano debe llamar a las subdirecciones locales de Integración social. Allí, mediante entrevista telefónica verifican las condiciones de los solicitantes.

Algunos requisitos son: residir en Bogotá, demostrar bajo nivel de ingresos, carecer de seguro exequial y acreditar que la persona fallecida no es pensionada.

Entre los documentos requeridos están: cédula de ciudadanía, recibo de servicio público no mayor a tres meses, documentos de la persona fallecida y del solicitante.

Si el caso atendido es por muerte natural se requiere el certificado de defunción y si es muerte violenta debe anexar los documentos correspondientes de Medicina Legal y de la Fiscalía.

 

Cabe recordar que la Secretaría Distrital de Salud estructuró una ruta para el manejo y traslado de personas que fallezcan durante el confinamiento, a consecuencia del Covid-19 y otras patologías, la cual se ha venido implementado desde que comenzó la emergencia.

¿Qué hacer si la persona fallece en casa?

  • La EPS debe enviar un profesional en medicina para verificar las causas del fallecimiento y generar el certificado de defunción en formato físico y digital.
  • De acuerdo con la causa de la muerte, la EPS debe alistar el cuerpo según protocolo de bioseguridad para que el servicio funerario lo recoja.
  • El servicio funerario contratado por la familia debe realizar el trámite de solicitud de la licencia que corresponda ante la Secretaría Distrital de Salud.
  • La funeraria debe enviar un correo electrónico a LicenciasFunerarias@saludcapital.gov.co con toda la documentación que exige el trámite, la cual está disponible en este enlace Una vez revisados y validados los requisitos, se enviará la licencia solicitada a través de correo electrónico.
  • Con la licencia solicitada la funeraria podrá recoger en el domicilio el cuerpo y llevarlo para alistamiento del rito funerario, en caso de que la muerte sea desencadenada por COVID-19, el cuerpo irá directamente a servicio crematorio.
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