Proponen que el Estado asuma el pago de cuotas alimentarias

Vie, 09/04/2021 - 10:42
El ministro de Justicia, Wilson Ruíz Orejuela, propone que el Estado asuma el pago de cuotas alimentarias, porque es más barato que costear a un interno en una cárcel.

El Ministerio de Justicia alista una propuesta con respecto al hacinamiento en los centros penitenciarios del país que, seguramente, causará profunda controversia. A grandes rasgos consiste en que el Estado asuma el pago de las cuotas alimentarias de los hijos de quienes están presos por inasistencia alimentaria, pues es más barato que costear a una persona recluida en una cárcel.  

La idea fue comunicada por el ministro de Justicia, Wilson Ruiz Orejuela, en medio del foro de Asocapitales "Cárceles y Ciudades Capitales". Afirmó que para el Estado resulta menos costoso responder por esas cuotas alimentarias que costear los gastos de un interno, que según explicó, rondan los dos millones quinientos mil pesos. 

"Es una vergüenza que tengamos tantos condenados por inasistencia alimentaria, cada interno nos cuesta 2 millones 400 mil pesos, yo pensaría que al Estado le saldría más barato, dándoles 600 o 700 mil pesos a la madre del menor y no tener un problema de hacinamiento que nos cuesta tanto dinero", explicó Ruiz Orejuela.

 

El ministro expresó que es partidario de que muchas personas en el país se defiendan en libertad, por lo tanto, considera que no es necesario seguir llevando gente a las cárceles -con graves condiciones de hacinamiento- cuando de otras maneras se puede hacer frente a esta problemática.

"Este país tiene que dejar de ser un país carcelero, me parece que a veces nosotros por cualquier delito por menor que sea siempre queremos que la gente esté privada de la libertad. Sabemos que el sistema carcelario es débil y, en muchas cárceles del país los internos no se vuelan porque no quieren, hay cárceles con 90 años de construcción, eso es una vergüenza", señaló. 

Así mismo, manifestó que muchos jueces de ejecución de penas no logran responder a tiempo las peticiones de los internos, según le han contado, hay jueces con 1.200 procesos a cargo, por eso cree que se deben priorizar los procesos que requieren privación de la libertad.

 

Es fundamental mencionar que la cuota de alimentos se fija por la vía del diálogo o a través de un juzgado. Si se entabla una demanda para fijar la cuota lo debe hacer ante el juzgado de familia, o un juez civil. Para establecer el monto que se deberá entregar mensualmente, el juez evalúa los gastos reales y actuales del menor, así como también analiza los ingresos del padre.

La ley colombiana no exige un monto mínimo para la cuota alimentaria. Sin embargo, el año pasado un proyecto de ley pretendía establecer $260.000 como piso. La cuota debe ser ajustada cada año a partir del primero de enero, a través del porcentaje del índice de precios al consumidor (IPC) y se tendrá que pagar hasta los 25 años de edad, al menos de que se demuestre que el hijo puede mantenerse por sí solo.

Ahora bien, si alguna de las dos partes no quiere pagar la cuota alimentaria, se puede usar dos tipos de acciones. Una demanda ejecutiva de alimentos ante el juez de familia, quien podrá embargar los bienes y hasta 50% del salario, e incluso impedir la salida del país. Como también se puede hacer una denuncia penal ante la Fiscalía. En Colombia, no pagar lo establecido es un delito llamado inasistencia alimentaria.

La persona que cometa este delito será condenado a pena privativa de la libertad. "La pena será de prisión de 32 a 72 meses y multa de 20 a 37,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando la inasistencia alimentaria se cometa contra un menor", establece el Código Penal. 

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