En Las Kienes nos dimos a la tarea de analizar el reciente fallo de la Corte Constitucional que determinó que las personas trans y no binarias tendrán derecho a acceder a licencia de maternidad.
De acuerdo al Código Sustantivo del Trabajo, este tema en particular antes no se especifica a las personas que se identifiquen con otro tipo de género, pues se señala dentro del artículo las expresiones “trabajadora”, “madre” y “mujer”, incurriendo en una omisión legislativa sobre los hombres trans y las personas no binarias.
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Por tato, según los magistrados que dieron el fallo, al utilizar estas expresiones, se estaría incurriendo en discriminación relacionadas a vivencias de género, por lo que personas trans y no binarias al ser objeto de protección de sus derechos deben ser acogidas en este vacío legislativo.
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En ese mismo sentido, los magistrados resolvieron que los hijos de esta población no pueden estar exentos de disfrutar de este derecho por la identidad de sus padres.
Con este fallo histórico los hombres trans y las personas no binarias tendrán los mismos derechos que el resto de los colombianos cuando de gestar y parir un hijo se trata.