Aunque para muchos pueda sonar extraño, los derechos humanos (DDHH) se relacionan íntimamente con el cambio climático que afronta el planeta. El efecto de este fenómeno no repercute únicamente en el medio ambiente, sino que también atenta contra las normas internacionales que reconocen y protegen la dignidad de todos los individuos.
Según la ONU “Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición”. Estos derechos rigen la manera en que los individuos viven en sociedad y se relacionan entre sí, al igual que sus relaciones con el Estado y las obligaciones del Estado hacia ellos”.
Solo para comenzar a entender la correspondencia existente entre el cambio climático y los DDHH podemos remitirnos al derecho a la vida. Los cambios que ya vivimos, y los que se avecinan en el futuro inmediato, en las temperaturas y los patrones climáticos representan un peligro inminente para la supervivencia de las personas.
El aumento en la frecuencia e intensidad de ciclones, tormentas, inundaciones e incendios forestales son tan solo una muestra de las alteraciones meteorológicas que por culpa de los gases de efecto invernadero están poniendo en peligro la vida de las personas en todos los países. La Organización Mundial de la Salud considera que entre el 2030 y el 2050, como consecuencia de este fenómeno, morirán anualmente cerca de 250 mil personas.
El derecho a la salud también está siendo amenazado. Los riesgos de lesiones, enfermedades, desnutrición y exposición a efectos traumáticos se elevan todos los días, y si no les prestamos la atención suficiente podrían comprometer los sistemas globales de atención y los objetivos básicos de la salud mundial.
Por otra parte, el acceso a una vivienda digna hace parte del derecho a un nivel de vida adecuado. Sin embargo, las transformaciones realizadas por el hombre en el invernadero natural de la tierra lo amenazan desde diferentes aristas. El desplazamiento de las personas ocasionado por la erosión, las inundaciones, las sequias y el aumento del mar en las zonas de poca altitud que inunda ciudades costeras, son un factor que ya están destruyendo los hogares de miles de personas.
En el mismo sentido, el derecho al agua potable no escapa a la problemática que suponen los gases de larga vida, la deforestación y la destrucción de los diferentes hábitats naturales. Si no buscamos pronto las soluciones necesarias, la fusión de la nieve y el hielo, la reducción de la pluviosidad, el aumento de la temperatura y demás variaciones ocasionadas por el cambio climático perjudicarán la calidad y cantidad de los recursos hídricos. El abastecimiento de agua potable y las infraestructuras para distribuirla podrían estar en peligro, además la contaminación del agua contribuiría a la propagación de enfermedades.
Las anteriores, son tan solo una pequeña muestra de cómo los efectos causados en el medio ambiente por las actividades humanas repercuten de manera directa en los derechos de los individuos. La falta de medidas por parte de los gobiernos, las empresas y las personas para abordar y contrarrestar el cambio climático se puede convertir en una eminente violación de los derechos humanos.
Sin embargo, existen salidas y una de ellas tiene que ver con las organizaciones privadas. Estas deben valorar las consecuencias de sus actividades en el ejercicio de los DDHH y asumir acciones concretas para disminuir y posteriormente erradicar sus repercusiones negativas.
De acuerdo con la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU, “Los Estados deben adoptar una “combinación inteligente de medidas” para que las empresas respeten los derechos humanos en el contexto del cambio climático: En el cumplimiento de su deber de protección, los Estados deben enunciar claramente que se espera de todas las empresas que respeten los derechos humanos en todas sus actividades u operaciones, y que prevengan y mitiguen las consecuencias negativas vinculadas con el cambio climático.
La anterior combinación inteligente se refiere a la creación de leyes, reglamentos y políticas que alienten u obliguen a las empresas a reducir sus emisiones y a tomar medidas para prevenir consecuencias negativas sobre los derechos humanos que resultan del cambio climático. Esto puede incluir la exigencia de que las empresas practiquen la debida diligencia en materia de derechos humanos, realizando evaluaciones de impacto ambiental y climático, y/o que divulguen información sobre sus emisiones de gases de efecto invernadero y sus impactos.
Derechos humanos y cambio climático son cuestión de liderazgo. El poder de la empresa privada es enorme y su desafío también.
Considero que el empresariado sabe que llegó el momento de demostrar el valioso aporte que, más allá de lo económico, brinda a la sociedad, y tomará la delantera demostrando que es posible construir un mundo mejor y una sociedad respetuosa de los DDHH trabajando de la mano de los gobiernos, contribuyendo así a alcanzar la meta de cero emisiones de carbono.
Finalmente, cabe decir que no existe un ODS específico sobre derechos humanos, sino que toda la Agenda 2030 de la ONU se basa en ellos, por lo tanto, las empresas están llamadas a centrar en toda la cadena de valor de su negocio los DDHH y aquí el cambio climático es una responsabilidad más que fundamental.