La reacción de Álvaro Uribe tras la solicitud de preclusión a su favor

Vie, 05/03/2021 - 08:00
Conozca cuál fue la reacción de Álvaro Uribe tras la decisión de la Fiscalía General de solicitar preclusión en la investigación que cursa en su contra.

El fiscal Gabriel Jaimes presentó una solicitud de preclusión de la investigación que cursa en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez por supuesto soborno y fraude procesal.

Según indicó el delegado de la Fiscalía, "luego de la valoración integral de los elementos materiales probatorios, la evidencia física y la información legalmente obtenida durante el curso del proceso, se estableció que varias de las conductas por las cuales se vinculó jurídicamente al excongresista no tienen la característica de delito, y otras que sí lo son, no se le pueden atribuir como autor o partícipe".

Además, el fiscal Gabriel Jaimes invitó a la ciudadanía a seguir la audiencia de preclusión en la fecha que disponga la Judicatura, para así "conocer con detalle los argumentos de la decisión, para formar un criterio propio sobre un caso que debe resolverse en sede judicial, alejado de opiniones, disputas personales e intereses políticos".

Tras la decisión, la reacción de Álvaro Uribe no se hizo esperar: "Gracias a Dios por este paso positivo. Gracias a tantas personas por sus oraciones y solidaridad", dijo a través de su cuenta de Twitter.

¿Qué sigue tras esta decisión?
 

El abogado Cristian Pereira explicó a KienyKe.com que ahora en este caso se escogerá, por reparto, a un juez penal del circuito con función de conocimiento para que sea él quien tome cartas en el asunto: deberá definir si acepta la solicitud de preclusión en el proceso de Álvaro Uribe o no. 

Indicó que, para tal efecto, el delegado fiscal deberá invocar las causales de preclusión contenidas en la Ley 906 de 2004, entre ellas: que sea imposible iniciar o continuar el ejercicio de la acción penal, que no haya tenido lugar el hecho investigado o que tenga carácter atípico, que el imputado no haya intervenido en el hecho investigado, que no haya manera de desvirtuar la presunción de inocencia y, por último, que ya se haya vencido el término máximo previsto en el inciso segundo del artículo 294 del Código de Procedimiento Penal. 

El abogado Juan Camilo Sanclemente, por su parte, indicó que el juez podrá darle la razón a la Fiscalía y precluir la investigación o, por el contrario, rechazarla y en ese caso continuaría la acción penal.

“Si se decide no precluir, la Fiscalía tiene la potestad de seguir recolectando pruebas que evidencien que el expresidente no cometió dichos delitos y en su defecto volver a solicitar la preclusión atacando la primera decisión. Esto se hace porque la Fiscalía no puede enfrentar un juicio si no encuentra materiales probatorios que demuestren que la persona sí cometió esas conductas punibles”, indicó.

Sin embargo, el penalista señaló que también existe el escenario en que la Fiscalía continúe con la recolección de pruebas, decida acusar al expresidente Álvaro Uribe Vélez, consiga someterlo a juicio y logre la condena por soborno y fraude procesal.

En ese caso, también tendrá que sustentar por qué cambió de decisión y cuáles son las pruebas que incriminan al exmandatario.

Por último, mencionó que en caso tal de que el juez precluya el proceso de Álvaro Uribe, es posible apelar la decisión. Este recurso podrá ser interpuesto por el representante de la víctima, que en este caso es el apoderado del senador Iván Cepeda, o por el delegado del Ministerio Público y deberá ser resuelto por el superior jerárquico.

Repaso del proceso de Álvaro Uribe
 

Todo comenzó cuando el senador Iván Cepeda fue denunciado en febrero de 2012 porque, como miembro de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Representantes, fue a las cárceles de Itagüí y Cómbita para entrevistar a los señalados exparamilitares Pablo Hernán Sierra y Juan Guillermo Monsalve, quienes indicaron que Álvaro Uribe y su hermano Santiago tuvieron vínculos con el paramilitarismo. 

A raíz de este señalamiento, el expresidente denunció al senador del Polo Democrático por los delitos de calumnia, falso testimonio y abuso de la función pública. En la denuncia alegó que, para escuchar los testimonios de Sierra y Monsalve, Cepeda se valió de sus funciones parlamentarias para buscar declaraciones falsas que lo implicaran a él y a su hermano Santiago con el “único fin de hacerles daño e inducir en error a la justicia”. 

En ese momento, Uribe aseguró que Cepeda dirigió un cartel de falsos testigos en su contra y que les ofreció a cambio beneficios jurídicos, económicos y carcelarios.

Sin embargo, el 16 de febrero de 2018 el caso dio un giro drástico: la Corte Suprema de Justicia, con ponencia del entonces magistrado José Luis Barceló, se abstuvo de abrir investigación en contra del senador Iván Cepeda porque “no encontró pruebas suficientes” y, por el contrario, inició una investigación en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez.

El exmandatario pasó de denunciante a investigado porque, al parecer, fue él quien intentó manipular el testimonio de Juan Guillermo Monsalve con ayuda de su abogado Diego Cadena, quien está a punto de enfrentar un juicio por este mismo caso y se encuentra privado de la libertad en su lugar de residencia. 

El 8 de octubre del 2019, el expresidente Álvaro Uribe asistió a una indagatoria donde quedó formalmente vinculado al proceso y, el 3 de agosto del 2020, la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia decidió privarlo de la libertad de manera preventiva al considerar que podría obstruir la investigación. El exmandatario estuvo preso dos meses en su casa, la famosa finca El Ubérrimo, ubicada en el departamento de Córdoba.  

El martes 18 de agosto el máximo líder del Centro Democrático renunció a su curul en el Senado y sus abogados le pidieron formalmente al alto tribunal de justicia que remitiera el expediente a la Fiscalía General porque, según ellos, “así está establecido en el ordenamiento jurídico”.

La Corte Suprema terminó dándole la razón a la defensa y trasladó la investigación al ente acusador. Según explicaron los magistrados, esta decisión, que fue unánime, se tomó teniendo en cuenta que el proceso es por la presunta comisión de delitos comunes que “no tienen vínculo con la actividad funcional de legislador”. 

La determinación, por supuesto, levantó ampollas. Tanto así que el senador Iván Cepeda le pidió al fiscal general Francisco Barbosa apartarse del conocimiento de la investigación y solicitó que se nombrara un fiscal ad hoc para quitarle “parcialidad al proceso”.

Tras meter ese denominado “gol jurídico”, los abogados del expresidente Álvaro Uribe pidieron su libertad inmediata alegando que el régimen procesal por el cual debía seguir la investigación era la Ley 906 de 2004 y no la Ley 600 de 2000, luego de que la Sala de Instrucción confirmara la pérdida de la competencia.

El caso llegó a las manos de la jueza 30 de garantías, quien en un principio decidió no emitir una decisión de fondo en la primera audiencia que se celebró. La funcionaria devolvió el proceso a la Corte Suprema para que los magistrados, en Sala Plena, se pronunciaran sobre el régimen procesal aplicable en este caso.

Días después, con una votación de 19-2, el alto tribunal de justicia decidió que la investigación por presunto soborno y fraude procesal debía continuar bajo las reglas de juego del sistema penal acusatorio y confirmó la competencia de la jueza 30 de garantías para decidir sobre la libertad del máximo líder del Centro Democrático.

El sábado 10 de octubre la funcionaria judicial tomó la decisión de revocar la medida de aseguramiento que se le impuso al expresidente Álvaro Uribe, pues determinó que no era posible equiparar la indagatoria que se realizó en la Corte Suprema en octubre de 2019 con una audiencia de formulación de imputación de cargos. Por lo tanto, consideró que el exmandatario no podía seguir preso al no contar con la calidad de "imputado" y dejó el proceso por presunta manipulación de testigos en la etapa de indagación. 

Sin embargo, el senador Iván Cepeda apeló a la decisión. Es por eso que el viernes 6 de noviembre el Juez Cuarto Penal del Circuito de Bogotá resolvió el recurso y tomó una decisión totalmente diferente a la que profirió la jueza de primera instancia.

El funcionario judicial determinó que sí era posible hacer una homologación en la actuación hecha entre los dos sistemas procesales, es decir, que sí es equiparable la indagatoria que se le hizo a Uribe Vélez en la Corte Suprema bajo los parámetros de la Ley 600 con una formulación de imputación estipulada en la Ley 906 del sistema penal acusatorio.

Por lo tanto, el juez reconoció lo adelantado por la Sala de Instrucción del alto tribunal de justicia y dejó el proceso por presunta manipulación de testigos en la etapa de formulación de imputación de cargos. 

Para tumbar dicha determinación, la defensa de Uribe Vélez presentó una acción de tutela ante el Tribunal Superior de Bogotá, quien la declaró improcedente y terminó confirmando el fallo. Sin embargo, presentó una impugnación ante la Corte Suprema de Justicia y, antes de que el fiscal Gabriel Jaimes tomara la determinación de solicitar la preclusión, desistió de ella y el alto tribunal lo aceptó.

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