Para el próximo sábado 10 de octubre quedó programada la audiencia para definir la libertad del expresidente Álvaro Uribe Vélez luego de la extensa diligencia que se realizó este jueves después de que la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia determinara que el proceso por presunto soborno y fraude procesal continuará bajo los parámetros de la Ley 906 de 2004 ahora que el expediente está en manos de la Fiscalía.
La audiencia innominada de libertad inició hacia las 9:45 de la mañana de manera virtual y terminó hacia las 10:00 de la noche de este jueves 8 de octubre. El primero en tomar la palabra fue el abogado Jaime Granados, líder de la defensa del exmandatario, quien inició su intervención haciendo un breve resumen de esta historia judicial que ha despertado el interés de la opinión pública y ha generado diferentes rencillas políticas.
El defensor hizo una vasta argumentación sobre el porqué no es equiparable la indagatoria que se hizo hace un año ante la Corte Suprema con una audiencia de formulación de imputación, que es la diligencia judicial que se hace antes de imponer una medida de aseguramiento a un procesado.
Argumentó que, bajo las reglas de juego de la Ley 906 de 2004, es a la Fiscalía General a la que le corresponde pedir que un ciudadano sea privado de la libertad y es un juez de control de garantías quien debe resolver la solicitud teniendo en cuenta unos requisitos legales establecidos en la ley.
El penalista nombró una por una las diferencias más importantes entre los dos sistemas penales y, después de su argumentación, pidió la libertad inmediata del expresidente Álvaro Uribe Vélez por considerar que “es ilegal” mantenerlo privado de ella bajo este régimen procesal sin haberle hecho una imputación de cargos.
"Aquí no ha habido una imputación y no ha habido tampoco una imposición de medida privativa por un juez de control de garantías. Por lo tanto, el ciudadano Uribe Vélez no puede estar privado de su libertad", sustentó.
Según dijo Granados, el momento procesal en el que debe quedar la investigación por presunta manipulación de testigos es en la etapa de indagación que establece la Ley 906 de 2004.
Críticas a la posición del fiscal
El fiscal Gabriel Jaimes quien es la persona que tiene en sus manos el proceso, hizo un recuento sobre lo que dice la jurisprudencia en este tipo de casos y manifestó que está de acuerdo con que la indagación no puede ser equivalente a una imputación de cargos.
De acuerdo con el delegado, Uribe Vélez debe ser dejado en libertad mientras avanza la investigación, pues "existe una incompatibilidad para transpolar en el mismo estanco procesal el caso por presunto soborno y fraude procesal".
Sin embargo, advirtió: "El proceso no parte de cero. La gran cantidad de pruebas no se desestiman, sino que se han convertido en elementos materiales probatorios que serán revisados a la luz de las reglas de cadena de custodia para ser valorados legalmente de cara a una posible formulación de imputación".
Las palabras del fiscal Jaimes no fueron bien recibidas por algunos de los detractores de Uribe Vélez. Reynaldo Villalba, abogado del senador Iván Cepeda, parte que se presenta como víctima en la investigación, cuestionó los argumentos presentados y afirmó que la actuación de la Corte Suprema "no se debe dejar atrás".
El defensor del congresista del Polo Democrático mencionó que no hay que desestimar lo hecho por la Sala Especial de Instrucción, pues era la competente para adelantar el caso antes de que Uribe Vélez renunciara a su curul en el Senado.
"No es hacer un borrón y cuenta nueva, arrasar con todo. Sería un grave precedente que afectaría la seguridad jurídica. La vía por la que la defensa pretende obtener la libertad de Álvaro Uribe Vélez no debe prosperar", manifestó.
Larga intervención de Montealegre y jalón de orejas de la jueza
El exfiscal Eduardo Montealegre, quien trata de ser acreditado como víctima en el proceso, fue el cuarto en hablar en la diligencia y duró más de tres horas exponiendo nueve argumentos para que Álvaro Uribe no quede en libertad y enfrente su proceso en detención domiciliaria.
Al igual que los demás intervinientes, explicó las diferencias entre lo que establece la Ley 906 de 2004 y la Ley 600 de 2000, la distinción entre la indagatoria y la formulación de imputación y la etapa en la que, a su juicio, debe quedar la investigación.
Según explicó, la medida de aseguramiento contra Uribe Vélez "no se cae" al pasar al sistema acusatorio porque hay jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia que indica que "todo lo actuado es válido". Además, indicó que, si ocurre lo contrario, "podría haber inseguridad jurídica".
En medio de la larga y tediosa intervención del exfiscal Eduardo Montealegre se calentaron los humos. Tanto así, que la jueza 30 de control de garantías tuvo que parar la discusión y le llamó la atención a las partes, pidió ir al punto y no intentar "maniobras dilatorias".
En un momento, dijo que era una situación lamentable, pues algunos hasta llegaron a hacerse ataques personales. "En una discusión jurídica, que es predicada con grandes personalidades, no es posible que se presenten situaciones de esta naturaleza porque no hay un respeto hacia las personas y las instituciones. Les pido el favor de no hacer ataques personales", manifestó.
El fiscal Gabriel Jaimes, por su parte, dijo que las declaraciones del exfiscal Eduardo Montealegre "son irrespetuosas" y aseguró que él "no es el defensor del expresidente Álvaro Uribe".
El turno de Jorge Perdomo
El ex vicefiscal general Jorge Perdono, quien también se presenta como víctima, compartió sus argumentos para impedir la libertad de Álvaro Uribe Vélez. Según dijo, lo actuado por la Sala de Instrucción tiene plena validez, pues fue realizado de acuerdo con el contenido dogmático de todos los principios: el debido proceso, principio de legalidad y el pleno respeto al derecho de defensa.
"Me opongo a la solicitud de libertad presentada por la defensa. La vinculación a la actuación procesal y la medida de aseguramiento se realizó conforme a la ley preexistente y con la observancia de la plenitud de las formas propias del proceso", mencionó.
Perdomo señaló que cuando inició la investigación, Uribe Vélez tenía la condición de senador, por lo que la Sala de Instrucción era el organismo judicial que tenía en ese momento la competencia para investigar, vincular a la actuación, definir la situación jurídica y decidir sobre la privación de la libertad.
"No se le ha violentado ningún derecho, se le respetó su juez natural y la actuación se llevó conforme a la ley preexistente al momento de los hechos. El expresidente Uribe Vélez generó esta situación de ‘caos procesal’ y las víctimas somos las que terminamos afectadas", mencionó.