El reconocido abogado Jaime Granados, quien lidera la defensa de Álvaro Uribe Vélez, argumentó ante la jueza 30 de garantías de Bogotá el porqué el expresidente debe enfrentar el proceso por presunta manipulación de testigos en libertad tras la decisión de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de dejar que la investigación continúe bajo las reglas de juego de la Ley 906 de 2004.
La audiencia, que se realizó de manera virtual, comenzó hacia las 9:45 de la mañana de este jueves 8 de octubre. El problema jurídico a resolver es si la medida de aseguramiento que se impuso en agosto contra el exmandatario conservará su validez constitucional ahora que el proceso seguirá su curso según las normas del sistema penal acusatorio o si, por el contrario, perderá eficacia por ser totalmente diferente a la Ley 600 de 2000 (sistema inquisitivo) y se debe ordenar de manera inmediata la libertad.
Granados inició su intervención haciendo un breve resumen de esta historia judicial. Contó algunos de los detalles más importantes desde que en 2014 se anunció la apertura del proceso por presunto soborno y fraude procesal, el llamado a indagatoria y el giro que dio el caso cuando la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia consideró que perdió la competencia por la renuncia de Uribe Vélez al Senado y remitió el proceso ante la Fiscalía General de la Nación.
El defensor hizo una vasta argumentación sobre el porqué no es equiparable la indagatoria que se hizo hace un año ante la Corte Suprema a una audiencia de formulación de imputación, que es la diligencia que se hace antes de imponer una medida de aseguramiento.
Argumentó que, bajo las reglas de juego de la Ley 906 de 2004, es a la Fiscalía General a la que le corresponde pedir que un ciudadano sea privado de la libertad y es un juez de control de garantías quien debe resolver la solicitud teniendo en cuenta unos requisitos legales establecidos en la ley.
El penalista nombró una por una las diferencias más importantes entre los dos sistemas penales y los intervinientes. Además, recordó algunos casos similares en los que se ha puesto sobre la mesa el mismo conflicto del régimen procesal aplicable en las investigaciones e, incluso, citó el caso de Jesús Santrich.
“Una formulación de imputación procede cuando el fiscal tiene los elementos materiales probatorios, evidencia física, la información legalmente obtenida y puede inferir razonablemente que la persona es autora o partícipe de una conducta punible. Es decir, hay un juicio de inferencia razonable y no una simple posibilidad como lo es en la indagatoria de la Ley 600 de 2000. La imputación es cuando existen hipótesis con circunstancias de modo, tiempo, lugar y una persona concreta. Nada de esto pasó en la indagatoria de siete horas que se le hizo al expresidente Álvaro Uribe”, mencionó.
Según dijo el abogado Jaime Granados, el momento procesal en el que debe quedar la investigación por presunta manipulación de testigos que cursa en contra del hoy exsenador Álvaro Uribe Vélez es en la etapa de indagación que establece la Ley 906.
“No se cumple ninguno de los supuestos que bajo el diseño constitucional de la Ley 906 de 2004 se está en la etapa de investigación formal. Es decir, aquí no ha habido jurídicamente, ni constitucionalmente una imputación y no ha habido tampoco una imposición por un juez de control de garantías de una medida de aseguramiento y por lo tanto un ciudadano no puede estar privado de su libertad", sustentó.
¿Por qué se dice que la Ley 906 da más garantías?
El abogado Marlon Díaz le explicó a KienyKe.com el porqué se dice que la Ley 906 de 2004, sistema penal acusatorio, le brinda más garantías a los procesados en medio de las investigaciones:
La postura del fiscal Gabriel Jaimes
El fiscal Gabriel Jaimes, quien es la persona que tiene en sus manos el proceso por presunto soborno y fraude procesal, hizo un recuento sobre lo que dice la ley en estos casos y manifestó que está de acuerdo con que la indagación no puede ser equivalente a una imputación de cargos, como sucede en la Ley 906.
Por lo tanto, el delegado de la Fiscalía pidió la libertad del exmandatario mientras avanza la investigación. "Existe una incompatibilidad para transpolar en el mismo estanco procesal el caso de Álvaro Uribe Vélez", dijo después de nombrar las diferencias entre los dos sistemas procesales.
El fiscal Gabriel Jaimes mencionó que la forma de vinculación que fue realizada por la Corte Suprema de Justicia "afecta el debido proceso" y que homologar de esta forma las etapas procesales "afectaría los derechos del procesado".
"El proceso no parte de cero. La gran cantidad de pruebas no se desestiman, sino que se han convertido en elementos materiales probatorios que serán revisados a la luz de las reglas de cadena de custodia para ser valorados legalmente de cara de una posible formulación de imputación", explicó.
El fiscal Gabriel Jaimes también invitó a las partes y a todo el país a que el proceso "no tenga un objeto político" y además aseguró que en este "no habrá impunidad".
"Muchos reclaman apresuradamente condenas sin fórmula de juicio, y otros reclaman absolución perentoria. Pero como en los grandes conflictos, la solución está en la justicia y el derecho. Así los resultados de estas audiencias no serán un triunfo político para ninguno", manifestó.