Corte Suprema remite desacato del ministro de Defensa a Tribunal de Bogotá

Mié, 30/09/2020 - 15:25
La Corte Suprema de Justicia consideró que no es competente por ser tribunal de segunda instancia, por lo que remitió el incidente de desacato al Tribunal de Bogotá.

En vista de la negativa del ministro de Defensa Carlos Holmes Trujillo a cumplir el fallo de la Corte Suprema de Justicia, el cual le ordenó ofrecer disculpas públicas por los excesos de fuerza del Esmad en el Paro Nacional de 2019, los autores de la tutela iniciaron un incidente de desacato en contra del jefe de la cartera.

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Alirio Uribe, miembro del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, y coautor de la tutela que dio origen al fallo, presentó el incidente de desacato ante la Corte Suprema de Justicia.

“Alirio Uribe Muñoz formuló incidente de desacato por posible incumplimiento de la tutela del Esmad ante la Sala de Casación Civil, pero la Corte Suprema no tiene competencia para conocerlo, por ser el juez de segunda instancia. Por eso lo está remitiendo a la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, juez de primera instancia de esta tutela”, señalaron desde el alto tribunal.

En este sentido, la Corte Suprema determinó que el trámite del desacato debe hacerlo el Tribunal de Bogotá, primero en conocer la tutela, por lo que decidió enviar a esta la solicitud de Uribe Muñoz.

En caso de determinar que Carlos Holmes Trujillo incurrió en desacato, este podría recibir sanciones disciplinarias por prevaricato por omisión o fraude a resolución judicial, que la ley contempla. El Tribunal de Bogotá, de considerarlo así, deberá enviar las pruebas a la entidad competente para sancionar al ministro.

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Aunque la Corte Suprema ordenó al ministro de Defensa pedir “al Ministro de Defensa que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes el enteramiento de esta providencia, proceda a presentar disculpas por los excesos de la fuerza pública, en especial, aquéllos cometidos por los Escuadrones Móviles Antidisturbios de la Policía Nacional – ESMAD- durante las protestas desarrolladas en el país a partir del 21 de noviembre de 2019, las cuales deberán difundirse en el mismo término, por radio, televisión y redes sociales”, la disculpa no se produjo.

Primero, el ministro Holmes Trujillo aseguró que "la Fuerza Pública, en particular el Esmad, no incurre en excesos”, decidió enviar a revisión de la Corte Constitucional el fallo de la Corte Suprema y, segundo, aseguró que ya había pedido perdón en nombre de la Policía por todos los excesos el pasado 11 de septiembre.

La Corte Suprema determinó en su decisión que la Fuerza Pública, en especial el Esmad, no cuenta con una Ley Estatutaria para los alcances y limitaciones de la fuerza pública, en la protesta pacífica y constituye una amenaza real para el ejercicio de ese derecho, por las violaciones sistemáticas a su protección.

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“El vacío que supone como institución del ESMAD que no es capaz de garantizar el orden sin violar las libertades y los derechos de los ciudadanos a disentir, pues tampoco hace un uso adecuado de las armas de dotación asignadas”, señaló la Corte en su decisión.

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