Una información difundida por redes sociales señaló que al exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias, condenado por participar en el caso de corrupción de Agro Ingreso Seguro, se le había concedido un permiso de 72 horas para adelantar diligencias personales.
Según la información, el INPEC, encargado del control de los centros carcelarios y personas en detención, había concedido el permiso. Sin embargo, esa institución no es la encargada de conceder dichos permisos, sino un juez de ejecución de penas.
El INPEC, dentro de sus funciones, sólo puede presentar la solicitud y los documentos requeridos para que sea la respectiva autoridad judicial la que conceda el beneficio al preso, el cual debe cumplir con ciertas condiciones contempladas en la norma penitenciaria.
El recluso que acceda a un permiso de 72 horas, deberá reunir los requisitos de habersele negado la libertad condicional, estar en la fase de mediana seguridad, haber descontado una tercera parte de la pena impuesta y no registrar fuga ni tentativa de ella durante el desarrollo del proceso y la sentencia condenatoria, así como haber trabajado o estudiado y mostrado buena conducta durante el tiempo de reclusión.
De manera que el condenado por corrupción Andrés Felipe Arias solicitó el permiso de 72 horas. El INPEC, atendiendo su solicitud, remitió los documentos a un juez de ejecución de penas, quien evaluará la situación del recluso y decidirá si concederlo o negarlo.
Hace pocos días se conoció que al exfuncionario, condenado a 17 años de prisión por el escándalo de corrupción de Agro Ingreso Seguro, se le negó la petición que hizo para que el tiempo que estuvo en libertad bajo fianza en Estados Unidos le fuera contabilizado como parte de la pena.
Otras solicitudes de libertad:
En 2016, un mes antes de ser condenado por la Corte Suprema de Justicia, el exfuncionario salió hacia Estados Unidos y allí estuvo 10 meses y 9 días en libertad bajo fianza.
Para él, este periodo debía ser contabilizado en el monto de la pena, pues alegó que las condiciones y exigencias que tenía en ese país eran similares a las de una detención domiciliaria.
Sin embargo, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia le dijo 'no' a los argumentos presentados por la defensa de Andrés Felipe Arias, pues al hacer un análisis de la solicitud, consideró que la libertad bajo fianza no puede compararse con una detención domiciliaria y, por esa razón, determinó que ese tiempo no le sirve para descontar parte de la pena impuesta en su contra.
“Las particularidades generales de la detención domiciliaria contrastadas con las que la doctrina internacional le atribuye a la libertad bajo fianza, indican que son figuras jurídicas disímiles”, aseguró el alto tribunal en su decisión.
Se revisará su condena
La condena contra Andrés Felipe Arias será revisada por una sala especial de tres magistrados, debido a que el pasado 21 de mayo la Corte Constitucional le dio la posibilidad de impugnar la sentencia al considerar que no tuvo acceso a la garantía del debido proceso.
La Fiscalía y la Procuraduría le pidieron a la Corte Suprema de Justicia confirmar la condena contra el exministro por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros.
El Ministerio Público solicitó al alto tribunal confirmar el fallo condenatorio. Sin embargo, solicitó reducir la pena de 17 años que le fue impuesta al ex funcionario, pues según dijo, esta se dio con base a una ley del año 2004 que no fue mencionada en la acusación de la Fiscalía. A su juicio, "esto produjo una pena mayor injustificada".
La Fiscalía General pidió a la Corte Suprema de Justicia confirmar la condena contra Arias de manera integral. Para el ente investigador, el exministro de Agricultura sí tuvo que ver con las irregularidades que se presentaron en el programa de Agro Ingreso Seguro.
- Le puede interesar: Una candidata a magistrada enredada en líos judiciales
- Los magistrados que revisarán la condena contra Arias son: Gerson Chaverra Castro, quien será el ponente, Fabio Ospitia Garzón y la conjuez Whanda Fernández León. Los togados se pronunciarán, luego de una valoración amplia e integral, sobre la situación general de su condena y tomarán una decisión: si ratificarla o no.