El desarrollo del caso de Andrés Felipe Arias fue una de las noticias más importantes de este 2020. La Corte Constitucional le concedió, después de una larga y tediosa batalla jurídica, la posibilidad de impugnar su sentencia de 17 años de prisión por el escándalo de Agro Ingreso Seguro (AIS), decisión que no solo sentó un precedente para el país sino que también generó todo un revuelo político y judicial.
Fue el jueves 21 de mayo el día en el que el alto tribunal constitucional tomó esta importante decisión. Con cinco votos a favor, le concedió al exministro de Agricultura "el amparo del derecho fundamental al debido proceso".
En consecuencia, ordenó a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia iniciar el trámite para dar curso a la solicitud de impugnación de la sentencia condenatoria proferida en su contra en 2014 por los delitos de contrato sin cumplimento de requisitos legales y peculado por apropiación.
En ese momento, la Corte Constitucional explicó que la protección que se concedió significa que un segundo juez se pronunciará, luego de una valoración amplia e integral, sobre la situación general de su condena.
La posición de las partes
La Corte Suprema de Justicia creó una la sala especial de tres magistrados que estará al frente de la revisión de la sentencia de 17 años de prisión que se impuso en contra de Andrés Felipe Arias por AIS.
Los magistrados que revisarán la condena son: Gerson Chaverra Castro, quien será el ponente, Fabio Ospitia Garzón y la conjuez Whanda Fernández León. Esta decisión no fue nada fácil, pues varios togados decidieron declararse impedidos para adelantar este proceso.
La Fiscalía General pidió a la Corte Suprema de Justicia confirmar la condena contra Andrés Felipe Arias de manera integral. Para el ente investigador, el exministro de Agricultura sí tuvo que ver con las irregularidades que se presentaron en el programa de Agro Ingreso Seguro.
La Procuraduría se sumó a la solicitud pero pidió reducir la pena de 17 años porque, según dijo, esta se dio con base a una ley del año 2004 que no fue mencionada en la acusación y "eso produjo una pena mayor injustificada".
Por ahora el exministro Andrés Felipe Arias está a la espera de que se conozca cuál será la valoración de su condena: si será confirmada o no. En los últimos días se conoció que se le concedió el permiso de salida de la cárcel por 72 horas con el fin de que pueda aprovechar ese tiempo para estudiar o trabajar.
El beneficio de salida de prisión solo sería una vez al mes. Este solo se le otorga a personas que ya han cumplido una tercera parte de la pena, que hayan tenido buen comportamiento y no representen un riesgo de fuga.
Otros aforados a impugnar
La medida concedida a Andrés Felipe Arias le abrió la puerta a otros aforados constitucionales condenados en única instancia para poder impugnar sus sentencias condenatorias. Entre ellos, los sentenciados por parapolítica, yidispolítica y chuzadas del DAS.
La Corte Suprema de Justicia anunció que todos los condenados en única instancia, o con primera sentencia condenatoria entre el 30 de enero de 2014 y el 17 de enero de 2018 que no pudieron impugnar o tener doble conformidad, podrían ejercer este derecho hasta el viernes 20 de noviembre de 2020.
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El alto tribunal consideró que el recurso de impugnación otorgado al exministro Andrés Felipe Arias debía extenderse a las demás sentencias de única instancia emitidas por la Sala de Casación Penal durante esos cuatro años, aunque los exfuncionarios condenados ya no estén privados de la libertad.
La Corte Suprema señaló en ese momento que era imperativo dar a todos los procesados en situación similar el mismo trato que brindó la Corte Constitucional al exministro de Agricultura, pues no hacerlo “constituiría un flagrante y odioso atentado contra el derecho fundamental a la igualdad, un valor fundante y principal de la democracia”.