La posibilidad de una excarcelación masiva tiene enfrentados al Ministerio de Justicia y a la Fiscalía General de la Nación debido a que esta última considera que no es una medida oportuna para prevenir y enfrentar el Covid-19 en los centros penales del país.
La cartera de Justicia, dirigida por Margarita Cabello, dio a conocer algunos de los puntos que contemplaría el decreto como, por ejemplo, el otorgamiento de la detención y prisión domiciliaria a más de cinco mil internos.
Entre los beneficiados estarían las madres cabezas de familia, mayores de 60 años, enfermos terminales, quienes hayan cumplido más del 50 % de la pena, los que están condenados por delitos menores y por otras actuaciones ilícitas que no representen peligro para la sociedad como los actos irregulares cometidos por funcionarios públicos.
El fiscal general Francisco Barbosa expresó las profundas diferencias que tiene con el borrador del decreto porque aseguró que “es confuso”, tiene tintes inconstitucionales, no solucionaría la crisis y generaría un “caos en el sistema”.
A juicio de Barbosa, las facultades extraordinarias que le fueron entregadas al presidente Iván Duque en virtud del Estado de Emergencia estarían siendo utilizadas para resolver un problema estructural (el hacinamiento carcelario) y no para afrontar la coyuntura sanitaria actual.
En términos jurídicos, esto significaría que el borrador del Ministerio “no supera el juicio de conexidad material y finalidad”.
Aseguró también que el decreto demostraría una arbitrariedad al interrumpir el normal funcionamiento de las ramas del poder público, pues desconocería las atribuciones constitucionales de la Fiscalía. Indicó que, entre otros puntos, “le asignaría funciones administrativas que no le competen, como la custodia y vigilancia de los internos cuando ello es responsabilidad del Inpec”.
Para el fiscal, “no existe una explicación sobre el porqué la reducción temporal de la población privada de la libertad evitaría la propagación del virus”. Sobre este punto, señaló que debe resaltarse que la detención o prisión domiciliaria transitoria trae cargas para el Estado, pues “el recluso continúa privado de la libertad en su domicilio pero a órdenes del Estado”.
“En consecuencia, el Estado es responsable por el contagio del procesado o reo y de su familia. Esta medida no evita ni reduce el riesgo de propagación del Covid-19”, afirmó.
Mencionó que la sustitución de medida intramural por la prisión y/o detención domiciliaria masiva “no es una medida sanitaria ni protege adecuadamente la salud de los internos”.
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“Es claro que la medida abandona a su suerte a estas personas, como quiera que su traslado a un domicilio privado no se acompaña de ninguna medida específica para prevenir o mitigar el riesgo de contagio”, resaltó.
Además, dijo que la sustitución masiva de la medida intramural “pone en peligro la seguridad ciudadana” porque es claro que, frente a las complejas circunstancias económicas y sociales, “puede alentar la criminalidad al propiciar una sensación generalizada de impunidad”.
Críticas a estas observaciones
Los reparos de Barbosa generaron duras críticas por parte de varios sectores. En primer término se enfrentó a las réplicas del mismo Ministerio de Justicia que, al final de cuentas, es quien analizará las observaciones y construirá el decreto.
Algunos expertos consideraron que la percepción de la Fiscalía es alejada de la situación real que se vive al interior de las prisiones, que deja de lado el derecho con enfoque humanístico y que no tiene en cuenta el “Estado de cosas inconstitucionales del sistema carcelario” que declaró la Corte Constitucional mediante las sentencias T-388 de 2013 y T-762 de 2015.
El abogado penalista Cristian Pereira le dijo a KienyKe.com que pareciera que el ente acusador desconociera los problemas centrales que se presentan en los centros penales, como el hacinamiento, la precaria prestación del servicio de salud y las deficiencias de salubridad e higiene.
Indicó que, al contrario de lo que mencionó Barbosa en sus críticas, el borrador del decreto sí señala cuáles son los protocolos a nivel nacional para conjurar la crisis sanitaria por el coronavirus y que, además, especifica los beneficios de la concesión de la excarcelación masiva a procesados y condenados para enfrentar la crisis.
Por otro lado, Pereira señaló que no es cierto que con la declaratoria de excarcelación se interrumpa de manera arbitraria el normal funcionamiento de las ramas del poder público porque, por el contrario, “un beneficio judicial como la prisión domiciliaria no interrumpe las facultades propias de la Fiscalía”.
“Logrando la liberación, o al menos teniendo al día los cupos carcelarios y evitando en más del 50-60% las cifras de hacinamiento carcelario, se podría contener y mitigar medianamente el contagio de la población reclusa”, dijo.
Resaltó que, frente a la preocupación por la sensación de impunidad y por el eventual “peligro de la seguridad” si se conceden las excarcelaciones masivas, no se puede entender que un beneficio judicial -como lo es el otorgamiento de prisiones domiciliarias transitorias- se pueda asimilar como una clase de amnistía o indulto.
Además, indicó que esas preocupaciones hacen llegar a la conclusión de que la Fiscalía no está pensando en evitar el contagio de los presos sino que se fugen.
“Todo eso denota que el afán de la Fiscalía está centrado en que se mantenga el confinamiento de la población privada de la libertad sin importar su dignidad humana, bajo el pretexto que si el Estado no puede asegurar su salud en las cárceles mucho menos lo hará si está en su residencia. Le tienen más miedo a la libertad que a perder la vida misma”, enfatizó.
Artículo escrito por: Gabriela García Aguilar