Andrés Felipe Arias: ¿entre los cinco mil beneficiados con excarcelación?

Lun, 06/04/2020 - 12:12
Víctor Mosquera, abogado del exministro de Agricultura, le dijo a KienyKe.com que las autoridades deben proteger la salud de su defendido frente a la pandemia por el coronavirus.

La situación que vive Colombia por cuenta del Covid-19 obligó a que el Ministerio de Justicia y el Inpec decretaran un Estado de Emergencia Carcelaria con el fin de poner en marcha varias medidas que protejan la salud de los más de 129 mil hombres y mujeres que se encuentran privados de la libertad.

El borrador del decreto para descongestionar las prisiones contiene, entre otros puntos, el otorgamiento de medidas transitorias como la detención domiciliaria a más de cinco mil internos para solventar el hacinamiento carcelario que supera hoy el 50 %.

Entre los internos que tendrían esta posibilidad están los mayores de 60 años, las madres cabeza de familia, enfermos terminales y las personas que hayan cumplido con más del 50 % de la pena. 

La ministra de Justicia Margarita Cabello indicó que, además, se analizarán otros casos por delitos menores y actuaciones ilícitas que no representen peligro para la sociedad, por ejemplo, los actos irregulares cometidos por funcionarios públicos. 

Este último punto prendió las alarmas entre varios sectores políticos. Algunos, como el partido Farc, denunciaron que con esta medida se podría beneficiar a varias personas que atentaron contra la administración pública, entre ellos, el exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias, condenado a 17 años de prisión por el escándalo de corrupción de Agro Ingreso Seguro. 

Ante las críticas, Víctor Mosquera, abogado de Arias, le dijo a KienyKe.com que, aunque todavía no conoce qué contiene con exactitud el decreto, espera que su defendido pueda ser beneficiado como el resto de la población carcelaria ante la emergencia sanitaria por el coronavirus. 

“Esperamos que si se va a proteger a la población en general también se proteja a personas como Andrés Felipe Arias que no son inmunes a un virus como el Covid-19”, señaló.

Mosquera aseguró que por el momento no han pedido que se le otorgue al exministro la detención domiciliaria ni que se le dé un trato distinto. Sin embargo, dejó claro que las autoridades deben tomar medidas eficientes para proteger su salud teniendo en cuenta que en el Cantón Norte, lugar en el que está recluido, ya se registraron algunos casos de coronavirus. 

“Estamos esperando a que el decreto se promulgue y sepamos si se va a proteger a toda la población privada de la libertad. Por supuesto, abogamos porque las personas que se vean beneficiadas con casas por cárcel o suspensión de penas sean aquellas que no cometieron crímenes violentos como Andrés Felipe Arias”, resaltó.

¿Qué opinan los expertos?

El abogado Marlon Díaz aseguró a KienyKe.com que ninguna de las versiones del proyecto de decreto que busca regular la situación en las cárceles para prevenir el virus podría beneficiar a Andrés Felipe Arias. 

Indicó que los hechos por los que el exministro fue investigado ocurrieron entre los años 2007 y 2009, por lo que las normas que rigen su caso se mantienen “incólumes para efectos de no acceder a mecanismos sustitutivos de la pena de prisión intramural”.

Díaz explicó que a Arias le fue negada la suspensión de la ejecución de la pena por ausencia del elemento objetivo, pues la pena privativa de la libertad que se le impuso es superior a los tres años, según la norma vigente para ese momento.

Mencionó que al exministro también se le negó el subrogado penal de la prisión domiciliaria porque los delitos por los cuales se le condenó tienen una pena mínima que supera los cinco años de prisión. 

Además, indicó que tampoco procede la domiciliaria según la reforma de la Ley 1709 (Reforma al Código Penitenciario y Carcelario) ya que, a pesar de que las penas mínimas previstas para los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación son iguales o inferiores a los ocho años en los delitos dolosos contra la administración pública, existe una expresa prohibición del mismo Código Penal (Artículo 68A) para otorgarla. 

Finalmente, el abogado dijo que, en este caso, no es posible sustituir la ejecución de la pena en su domicilio porque el exministro de Agricultura no es mayor de 65 años, no es gestante o lactante, no se tiene conocimiento de que tenga graves complicaciones de salud y tampoco se ha demostrado la condición de padre cabeza de familia.

“Andrés Felipe Arias no está dentro de la población en riesgo. Es suficiente como medida de prevención que se le mantenga su aislamiento en el sitio de reclusión especial, se le debe limitar el contacto con el personal al máximo e implementar medidas sanitarias especiales de desinfección permanente y una ruta expedita de atención en salud en caso de contagio y/o complicaciones”, afirmó.

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