El Consejo de Estado condenó a la Fiscalía General de la Nación a pagar casi $226 millones a un ciudadano de Pradera (Valle) al que señaló injustamente de ser guerrillero sin tener las pruebas suficientes en su contra.
Esta persona permaneció privada de su libertad entre el 22 de febrero del 2003 y el 24 de abril del 2004. El organismo investigador, que lo sindicaba de rebelión, terminó precluyendo la investigación tras concluir que no había pruebas certeras sobre su supuesta relación con grupos organizados alzados en armas.
Según el Consejo de Estado, esta determinación impulsó al accionante acudir a los estrados judiciales, "con la intención de que la Fiscalía se viera obligada a resarcir los daños que sufrieron él y sus familiares con ocasión de su detención".
Señaló que, en primera instancia, el Tribunal Administrativo del Valle condenó a la entidad demandada a resarcir los perjuicios ocasionados, por decretar una medida privativa de la libertad en contra de este ciudadano sin tener pruebas suficientes que demostraran su pertenencia a la subversión.
A pesar de que la instancia concedió la reparación, el demandante no estuvo conforme con el monto establecido en el fallo de primera instancia e interpuso recurso de apelación con la intención de que se les reconociera a él y a sus familiares un monto mayor de resarcimiento del daño.
- Le puede interesar: Cede emergencia sanitaria en cárceles del país, hacinamiento bajó a 39 %
El Consejo de Estado, como máxima instancia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, consideró que la parte demandante tenía derecho al reconocimiento de un valor mayor de reparación al daño moral, por lo que modificó la sentencia de primer grado en torno a ese concepto y negó las demás pretensiones.