El pasado 29 de octubre a solicitud de una tutela ciudadana el juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá solicitó a la Policía Nacional suspender el manejo de gases lacrimógenos en manifestaciones, por lo menos hasta que el Gobierno Nacional levantara la crisis sanitaria generada por la pandemia del Covid 19 ya que el uso de estos elementos químicos podrían afectar la salud de algún manifestante que sea portador del virus.
Aunque la decisión en su momento fue acatada por los diferentes entes regulatorios así como por las Fuerzas Armadas, fue cuestionada por otros sectores que manifestaban que el Estado brinda las garantías para las protestas pacíficas en todo el territorio nacional.
Ante este este fallo, en las últimas horas se conoció la novedad emitida por el magistrado Hugo Alexander Ríos de la Sala Laboral quien unió a la conversación al Ministerio de Salud para confirmar si el uso de estos elementos puede afectar o no a un contagiado por coronavirus, con respecto a esta medida manifestó: “a fin de que se pronuncie e indique si existen evidencias o no, que correlacione el uso de los agentes químicos para el control de protesta y el riesgo de contagio o mayor severidad de síntomas por COVID-19”
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Por otra parte, el magistrado Ríos dice que al momento de la tutela no se tuvo en cuenta la opinión ni veredicto del Gobierno Nacional, quien sobre esta situación en particular pronunció: “habida cuenta su calidad de responsable de formular la política, dirigir, orientar, adoptar y evaluar la ejecución, planes, programas y proyectos del Gobierno Nacional en materia de salud pública”
Así mismo se conoció que en las últimas horas la Policía Nacional habría solicitado revocar la sentencia, solicitándole a los manifestantes una actitud pacífica frente a las futuras manifestaciones y concentraciones que se presenten en las principales ciudades del país, en medio de un comunicado difundido por la entidad se pone en duda el uso de armas letales y no letales en manifestaciones.
“La Policía Nacional impugnó el fallo y solicitó revocar la sentencia, ordenar a los manifestantes una conducta pacífica, practicar pruebas testimoniales y considerar que suspender armas no letales implicaría el uso de armas letales para disminuir el riesgo para la vida e integridad de policías y comunidad”
Con esta sentencia queda abierta la posibilidad de que la Policía Nacional pueda usar nuevamente elemento como gases pimienta, granadas fumígenas y cartuchos con carga química CS, OC en las futuras manifestaciones como el llamado ‘Paro Nacional’, que será realizado el día 19 de noviembre.
En esta manifestación se reunirá el comité del paro Nacional en donde se encuentran reunidas las organizaciones sociales, sindicales, indígenas, estudiantiles, de mujeres, afro, productores campesinos y agrarios, quienes se manifestarán en contra del decreto 1174 que está enfocado en la reglamentación del piso de protección social, así mismo buscarán la negociación en conjunto con el Presidente Iván Duque y sus ministros el pliego de emergencia, solicitud que ya fue presentada al Gobierno Nacional.