La Corte Constitucional de Colombia informó el viernes 10 de diciembre que eximió del servicio militar obligatorio no sólo a miembros de comunidades indígenas, sino también a grupos afrodescendientes, raizales y palenqueros.
Así lo anunció la corte este viernes en horas de la mañana declarando constitucional la ley 1861 de 2017, que establecía las "causales de exoneración del servicio militar obligatorio" en Colombia, entre las cuales estaba el pertenecer a comunidades indígenas, "bajo el entendido de que estas incluyan a los miembros de las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras", según un comunicado del tribunal.
De acuerdo con el tribunal, haber contemplado aquel beneficio únicamente para comunidades indígenas "vulneró el principio de igualdad en perjuicio de las comunidades Negras, Afrodescendientes, Raizales y Palenqueras (NARP)", por lo cual pidió incluirlas también.
Como es bien conocido, en Colombia, los hombres deben definir su situación militar al cumplir 18 años, lo que implica acudir a las autoridades para revisar la aptitud para cumplir el servicio obligatorio.
Sin embargo, también se puede pagar la libreta militar, cuyo valor se calcula dependiendo del patrimonio familiar o propio.
Algunas exenciones, como ser hijo único, víctima del conflicto armado o excombatiente también aplican.
Varios ciudadanos han salido a opinar sobre esta sentencia correspondiente a la C-433/21 de Paola Andrea Meneses Mosquera que la corte visibilizó a través de su cuenta de Twitter:
“Constitucionalidad condicionada de las normas que exoneran a comunidades indígenas de prestar servicio militar obligatorio y pagar la cuota de compensación, bajo el entendido de que estas incluyan comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras”, reza la descripción de la publicación.