Tras unos polémicos días, el Consejo de Estado, según argumentó W Radio, habría aceptado una demanda en contra de la elección del Registrador Nacional, Hernán Penagos, por una supuesta inhabilidad.
Según argumenta la demanda impuesta, el problema estaría radicado en que, en los 12 meses anteriores a su elección como registrador, habría actuado como magistrado dentro del Concejo Nacional Electoral.
Cabe resaltar que, la elección del registrador en Colombia no se realiza por postulación presidencial, sino que los interesados pueden presentar su hoja de vida a un concurso de méritos.
No obstante, dentro de la demanda, también se estaría argumentando que en el proceso de elección también se presentaron irregularidades, pues Penagos no habría obtenido los puntajes necesarios para pasar a las entrevistas.
Aunque los últimos argumentos fueron desestimados por el Consejo de Estado debido a que se basaban en pruebas circunstanciales, la entidad aseguró que estudiaría la demanda que argumenta una inhabilitación.
Leonardo Augusto Torres, el demandante, también adelantó una petición ante el Consejo de Estado para que Hernán Penagos fuera suspendido mientras se adelantaba la respectiva investigación por parte de la entidad.
No obstante, desde el mismo Consejo de Estado, aunque aceptó la demanda, aseguró que Penagos permanecería como Registrador General del Estado Civil hasta que, la demanda, demostrara razones para destituirlo.
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“Solicitó que se denegara la solicitud cautelar pretendida por el accionante tendiente a suspender los efectos del acto de elección del señor Penagos Giraldo como registrador nacional del Estado Civil. Lo anterior, en atención a la indebida interpretación normativa efectuada por el demandante en el presente asunto”, se lee en el texto de la demanda.
Cabe resaltar que, dentro del alto tribunal, la ponencia de esta demanda fue adelantada por el magistrado Pedro Pablo Vanegas, que además de ser el encargado de aceptar la demanda, fue quien negó la destitución temporal.
Dentro de las razones por las que se negó la destitución temporal, se argumentó que, dentro del fallo que se adelantará desde el Consejo de Estado, se determinará si efectivamente se violaron los tiempos predeterminados.