De acuerdo con el fallo del Consejo de Estado los conductores que no porten su licencia o estén incumpliendo una norma de Tránsito podrán tener un lapso de 60 minutos para no ser inmovilizados y que el vehículo sea llevado a patios.
Esta decisión se hizo efectiva luego de solicitar la suspensión de la palabra 'podrá' cuando un agente de tránsito proceda a hacerle la inmovilización de su vehículo en cualquier vía del territorio nacional.
"Artículo 3: Retención preventiva del vehículo. La autoridad de tránsito podrá en forma preventiva inmovilizar un vehículo sin llevarlo a patios oficiales cuando se presente la comisión de una infracción que de acuerdo a lo previsto en el Código Nacional de Tránsito el vehículo no pueda transitas hasta tanto se subsane la causa que dio origen a la inmovilización y por un termino máximo de 60 minutos. En su defecto será trasladado a patios o parqueaderos autorizados".
Es por ello que la Policía Nacional tendrá que informar a los agentes para que así los conductores tengan la información.
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Cabe mencionar que no aplica en todas las infracciones puesto que este decreto solo cobija no portar la licencia de conducción, el SOAT y en el caso de los motociclistas será por no portar el casco e infracciones de carga.
En caso de que el conductor no porte la revisión técnico mecánica si podrá ser inmovilizado y llevar el vehículo a patios.
Las autoridades resaltan que los conductores siempre estén actualizados en las normas y así evitar ser multados y con malos comportamientos en las vías.
El ciudadano que interpuso la demanda fue a través del abogado Kelmis Kammerer en el que se argumentó que por lo general los agentes de tránsito no se toman esos 60 minutos opcionales sino que proceden a ejecutar la infracción y posterior inmovilización.
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¿60 minutos para evitar inmovilización de carros?
Vie, 15/02/2019 - 10:51
De acuerdo con el fallo del Consejo de Estado los conductores que no porten su licencia o estén incumpliendo una norma de Tránsito podrán tener un lapso de 60 minutos para no ser i