Desde este lunes 13 de abril inició la medida de 'Pico y Género' decretada por la Alcaldía de Bogotá para dar continuidad a la cuarentena obligatoria que rige en todo el país. La restricción regirá hasta el próximo domingo 26 de abril.
De acuerdo con el decreto 106 del 8 de abril, con esta medida los días pares solo se podrán movilizar personas del sexo femenino (0, 2, 4, 6 y 8) y los días impares únicamente podrán salir a las calles personas del sexo masculino (1, 3, 5, 7 y 9). Además, sólo se podrá salir para la adquisición de bienes de primera necesidad como alimentos, medicinas y servicios bancarios y puntos de pago. Las personas transgénero circularán de acuerdo a su identidad.
“Las personas que deban salir a la calle en Bogotá, de acuerdo con las excepciones establecidas en la Cuarentena Por La Vida, lo podrán hacer respetando que los días pares solo se podrán movilizar personas del sexo femenino y los días impares únicamente podrán salir a las calles personas del sexo masculino”, comunicó el Distrito.
Kienyke.com conversó con el secretario de Gobierno de Bogotá, Luis Ernesto Gómez, quien explicó más a fondo la medida.
"El decreto contempla que las personas transgénero se acogerán de acuerdo a su identidad de género. Es decir si yo soy una persona transgénero y mi identidad es mujer me rijo por los días pares", señaló el funcionario.
Además, hay preocupación entre la población LGBT+ ya que aseguran que el trato que recibirán por parte de la Policía que serán los encargados de hacer cumplir la medida puede que sea desmedido.
Gómez señaló que si bien es cierto que hay un prevención por parte de la comunidad por situaciones que han ocurrido con la fuerza pública, aseguró que lo primero que hicieron fue compartir la medida con la Policía Metropolitana de Bogotá y ellos saben que deben garantizar los derechos humanitarios.
¿Qué pasa si no se cumple esta medida?
La Alcaldía de Bogotá informó que las personas que incumplan el 'Pico y Género' desde el lunes 13 de abril (a las 00:00 horas) hasta el 26 del mismo mes (a las 11:59 p.m.). Serán sancionadas con una multa de $936.320.
Las fechas corresponden a las de la cuarentena obligatoria decretada por el presidente Iván Duque con el fin de controlar la curva de positivos por Covid-19 en el territorio colombiano
Excepciones a la norma
- Personas que deban trabajar de acuerdo con las excepciones vigentes.
- Personas que acudan a servicios médicos.
- Personas que asistan a menores o mayores de 70 años.
- Personas que van con mascotas a servicios veterinarios.
El Distrito también dejó en claro que los propietarios de mascotas en Bogotá podrán sacar a sus animales de compañía, por un tiempo de 20 minutos, entre el 13 y 26 de abril, sin que les aplique la restricción de movilidad por sexo.
Conozca el decreto
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