La Registraduría finalizó el proceso de verificación de las firmas con las que se pretende revocar el mandato del alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa. Según informó la entidad este martes, son 473.000 apoyos, es decir 203.000 más, casi el doble de las que se necesitaban para continuar con el proceso. ¿Irá a las urnas la revocatoria de Peñalosa? ¿Qué sigue en el trámite?
De las 706.708 firmas que el 'Comité unidos revocamos el mandato del Alcalde Mayor de Bogotá' entregó a la entidad el pasado 2 de mayo, 473.700 fueron validadas y 233.008 fueron rechazadas por inconsistencias.
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Los resultados de este proceso se conocen 45 días después de entregados los apoyos, tal y como lo establece el plazo máximo estipulado por la norma.
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¿Qué sigue en la revocatoria de Peñalosa?
De acuerdo con el registrador Juan Carlos Galindo, a partir de este miércoles 21 de junio “comienzan a correr cinco días hábiles para que aquellos que no estén de acuerdo puedan controvertir el informe por escrito y justificando las razones que sustentan la objeción. Así lo establece la Resolución 6245 de 2015 del Consejo Nacional Electoral”. De recibir objeciones, la dirección de Censo Electoral de la Registraduría tendrá diez días calendario para dar una respuesta definitiva.[single-related post_id="692934"]
En este orden ideas, el Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá analizar si el burgomaestre incumplió su programa de gobierno o si hay insatisfacción generalizada por parte de la ciudadanía. De ser así, la Registraduría debería establecer una fecha para la votación de la revocatoria de Peñalosa.
Este es el comunicado emitido por la Registraduría:
“El pasado 2 de mayo el “Comité unidos revocamos el mandato del Alcalde Mayor de Bogotá” entregó a la Registraduría Nacional del Estado Civil 706.708 de firmas o apoyos a esta iniciativa. Cuarenta y cinco días después, plazo máximo estipulado por la norma, la entidad culminó el proceso de revisión y verificación según el cual 473.700 son válidas y 233.008 fueron rechazadas por inconsistencias. El informe técnico se encuentra publicado en la página web de la entidad www.registarduria.gov.coEl Registrador Nacional Juan Carlos Galindo Vácha manifestó que a partir del 21 junio de 2017 “comienzan a correr cinco días hábiles para que aquellos que no estén de acuerdo puedan controvertir el informe por escrito y justificando las razones que sustentan la objeción. Así lo establece la Resolución 6245 de 2015 del Consejo Nacional Electoral”.
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El funcionario explicó que en caso de que se presenten objeciones al informe técnico, la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional tendrá diez días calendario, para dar a conocer la respuesta definitiva sobre la objeción, al comité promotor y a la ciudadanía en general, según lo previsto por la Resolución 6245 de 2015 del Consejo Nacional Electoral.“